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La Fiscalía de Málaga pide revocar la absolución de artista urbano Invader

La Fiscalía de Málaga ha pedido que se revoque la sentencia que absolvió al artista Invader y al exdirector del Centro de Arte Contemporáneo (CAC) Fernando Francés por la colocación de 15 mosaicos del creador galo en edificios protegidos del centro de la capital malagueña, mientras que las defensas han instado a que se confirme la resolución dictada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga en octubre de 2023.

La Sección Novena de la Audiencia de Málaga ha acogido este miércoles la vista por el recurso presentado por el fiscal delegado de Medio Ambiente en Málaga, Fernando Benítez, quien ha pedido que se dicte una nueva sentencia en la que se condene a los dos acusados por un delito continuado sobre el patrimonio histórico.

El juzgado consideró probado que en mayo de 2017, Invader colocó 15 mosaicos integrados por azulejos en paredes de diversos edificios y que lo hizo “sin autorización administrativa, y tampoco se recabó el permiso de los titulares de los edificios”. También estimó acreditado que la colocación “fue propuesta y apoyada” por Fernando Francés, pero entendía que la retirada afectó a la capa superficial, que la reparación “no supera individualmente los 400 euros” y que los mosaicos “son una obra de arte”, por lo que no existía delito.

El ministerio público acepta los hechos probados de la sentencia, “pues los mismos se corresponden casi en su integridad a los plasmados en nuestro escrito de conclusiones provisionales”, pero considera “errónea” la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo en cuanto al delito de daños sobre el patrimonio.

Incide en que “es evidente que se realizaron los hechos en ejecución de un plan largamente preparado” y en que “todo daño sobre bienes de valor histórico o artístico que implique una pérdida de su valor o suponga una necesidad de reparación evaluable económicamente encontrará acogida” en el delito de daños en el patrimonio histórico artístico “independientemente de su cuantía”.

Pero, además, recuerda en su recurso que la acusación es por un delito continuado, “por lo que, aún en el caso de que nos atengamos al criterio de valoración de la juzgadora, la continuidad delictiva exige que se sumen los importes de los 15 bienes dañados, excediendo con mucho la suma de 400 euros, por debajo de la cual quedaría el delito leve de daños”, considera el fiscal.

Asimismo, señala que “todos los mosaicos están colocados para ser vistos, ese es su objetivo. No están ocultos ni son de pequeño tamaño”, por lo que considera en su recurso que “afectan a la estética de los inmuebles donde se colocan y es por eso que se hace necesaria su retirada”.

Añade que el hecho de que puedan tener algún valor artístico “no es argumento para permitir su colocación en bienes que sí que están protegidos como parte de nuestro patrimonio histórico artístico, pues precisamente el colorido y estructura de los mosaicos son elementos de los mismos que los hacen llamativos, al ser este el objetivo de su colocación, y contrarios a los valores culturales histórico artísticos de los edificios sobre los que recaen”, dice el fiscal.

La abogada de Invader, Marisa Castelo, ha incidido en que la sentencia “declara probado que no ha habido daños” y se basa para ello en la prueba practicada en el juicio; mientras que, ha dicho en declaraciones a Europa Press, “el fiscal realmente está impugnando la prueba, porque lo que te está diciendo es que sí hubo un daño y que, por lo tanto, procede condenar”.

Al respecto, ha considerado “muy llamativo” que la acusación pública “no hable en absoluto de la pericial de un arquitecta que la sentencia la cita mucho eso y es una de las pruebas que ha tenido en cuenta la jueza para la valoración”, aludiendo al principio de intervención mínima del derecho penal. “De lo que estamos hablando es una infracción administrativa, pero no pasa a ser penal”, ha dicho.

Por otro lado, ha seguido insistiendo en que no hay dolo en Invader, porque “él siempre pensó que actuaba amparado por el paraguas de una acción cultural del Ayuntamiento de Málaga”, algo que no resuelve la sentencia, pero que la defensa ha insistido en la vista de este miércoles.

Por su parte, José Carlos Aguilera, abogado de Fernando Francés, ha insistido en que “no se puede criminalizar el arte urbano” y en que “hay que tener en cuenta que son obras de arte las que se colocan”; así como que “la sentencia llega a la conclusión de que no hay daño en el patrimonio”, ya que “no hay prueba que acredite ese daño”.

“Ha sido un juicio al arte urbano”, ha señalado el letrado, quien ha apuntado en declaraciones a Europa Press que “es paradójico que Málaga, que se posiciona como un referente cultural en el mundo, venga a condenar una modalidad de arte urbano”.

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