El Málaga CF está buscando activamente a la persona que apuntó con el puntero láser al portero visitante en La Rosaleda durante el partido de este pasado domingo contra el Zaragoza. El club de Martiricos ha emitido un comunicado en el que advierte que esta infracción está considerada como grave (de 3.000 a 60.000 euros de multa) y si no se encuentra a quien enfocó a los ojos del guardameta, la entidad tendrá que asumir el coste. Si bien, parecía que el puntero apuntaba sobre el entrenador zaragocista Miguel Ángel Ramírez.
Según detalla el club blanquiazul, en el partido que los de Pellicer perdieron por 1-2 se detuvo el juego dos minutos (del 28’ al 30’) al observar el colegiado a «una persona del público ubicada detrás de la portería izquierda según sales del vestuario», conforme señala el acta del partido, «en la que se encontraban aficionados del club local», por «enfocar con un puntero láser sobre los ojos del portero visitante y del árbitro principal».
Este hecho -apercibimiento de suspensión del encuentro- se comunicó al delegado de campo y se informó del incidente por megafonía. La infracción referida (puntero láser) está considerada como grave. Si la persona no fuera identificada, sería el propio Málaga CF quien asumiría el coste de la posible sanción impuesta con el consiguiente perjuicio económico que ello conlleva.
El club blanquiazul está colaborando estrechamente con la Policía Nacional para identificar a la persona a través de los medios de grabación audiovisuales y fotográficos disponibles, además de las cámaras de seguridad interna del Estadio La Rosaleda.
El Málaga Club de Fútbol recuerda que la normativa estatal (Ley 19/2007, 11 de julio) contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte resalta, en el artículo 2.1, como un acto o conducta violenta o que incita a la violencia en el deporte «aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo».
Normativa interna
La normativa aplicable a los socios y abonados del Málaga CF durante la temporada 2024/2025 prevé en su artículo 29, letra f), como falta muy grave, «Impedir u obstaculizar el normal funcionamiento de las actuaciones promovidas por el club». Dicha conducta puede ser sancionada con la suspensión de los derechos de socio y prohibición a todas las instalaciones del club por tiempo de hasta seis meses, o de cuatro a dieciocho partidos que el primer equipo dispute como local en La Rosaleda.
En el comunicado el club «condena este tipo de actos contrarios a los valores deportivos y desea hacer énfasis en que son de carácter aislado, de tal modo que no pueden perjudicar el ejemplar comportamiento de nuestra gran afición».