Una intervención policial rutinaria acabó convirtiéndose en una pesadilla para un conductor malagueño. Durante la madrugada del 1 de diciembre de 2022, sobre las 4.43 horas, agentes de la Policía Local interceptaron a un vehículo en las inmediaciones del estadio de La Rosaleda por infringir una señal de tráfico.
El conductor, que manifestó encontrarse indispuesto, solicitó permiso para realizar sus necesidades biológicas en un lugar apartado. Lo que no esperaba es que uno de los agentes captaría imágenes del momento íntimo y las compartiría posteriormente a través de aplicaciones de mensajería instantánea.
Las fotografías, que mostraban al ciudadano en una situación comprometida, se extendieron rápidamente entre diversos grupos de WhatsApp hasta llegar a conocimiento de compañeros de trabajo del afectado. El 30 de diciembre de 2022, menos de un mes después del incidente, la víctima presentó denuncia en la Comisaría de Palma-Palmilla.
El Consejo Consultivo avala la indemnización a un conductor tras grabarlo defecando durante un control y compartir las imágenes por WhatsApp
La investigación interna del Ayuntamiento concluyó con la apertura de un expediente disciplinario contra tres efectivos de la Policía Local implicados en el caso. La resolución, fechada el 3 de enero de 2024, confirmó los hechos denunciados e impuso a cada uno de los agentes una sanción de 15 días de suspensión de funciones por falta grave.
Sancionados por falta grave
El impacto psicológico en el denunciante fue considerable, según consta en el informe clínico del Hospital Universitario Regional de Málaga del 5 de junio de 2023. También se indica en la resolución que el paciente ya recibía tratamiento en la Unidad de Salud Mental Comunitaria desde julio de 2022 por un cuadro ansioso compatible con crisis de pánico.
Sin embargo, el documento médico refleja un empeoramiento significativo del estado mental del afectado tras la difusión de las imágenes. «El paciente experimenta sentimientos de rabia y humillación» y describe el episodio como «fuente principal de su malestar actual», según recoge el informe hospitalario.
Seis meses de baja
Las consecuencias se tradujeron en una nueva baja laboral que se extendió desde el 1 de enero hasta el 29 de junio de 2023. El peritaje de parte establece «relación directa entre el desequilibrio del estado mental del paciente y el suceso relatado», concluyendo que el evento actúa como «disparador y agravador del estado mental».
El entorno laboral se volvió especialmente hostil para el denunciante, quien tuvo que soportar las burlas y comentarios jocosos de sus compañeros de trabajo, que se intercambiaban las fotografías entre ellos, según se detalla en la reclamación patrimonial presentada.
El organismo considera probado que los agentes actuaron con «ánimo de burla» y de forma «directa, voluntaria y negligente» y recomienda que la multa la paguen los agentes
El Consejo Consultivo de Andalucía, el órgano consultivo superior de la Junta, ha estimado favorablemente la reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Ayuntamiento de Málaga por un importe de 16.338,05 euros. El organismo considera probado que los agentes actuaron con «ánimo de burla» y de forma «directa, voluntaria y negligente» durante el ejercicio de sus funciones.
«Los agentes infringieron su código ético y las obligaciones de la normativa aplicable, prevaleciendo su condición de funcionarios públicos para realizar la captura de esas fotografías», señala el dictamen consultivo, que subraya la «ejemplaridad» que se presupone a los efectivos policiales y la «confianza que generan en los ciudadanos».
Vulneración de derechos de imagen e intimidad
El dictamen establece que la conducta policial comprometió dos derechos fundamentales: la autodeterminación informativa (protección de datos personales) y el derecho a la propia imagen del afectado. La captación y posterior difusión de las fotografías se realizó «sin justificación» alguna y «guiado por un mero animus iocandi» (ánimo de burla).
El Consejo Consultivo recuerda que la responsabilidad de la Administración es directa según el artículo 106.2 de la Constitución, surgiendo «para garantizar la indemnidad del ciudadano frente a los daños causados por la actuación de sus funcionarios o agentes». No obstante, el organismo regional insta al Ayuntamiento a ejercitar la acción de repetición contra los funcionarios infractores.
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