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Condenan a tres años de prisión a un joven por agresión sexual a una menor de 12 años en Córdoba

Chancillería

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a tres años de prisión a un joven de unos 18 años por un delito de agresión sexual contra una menor de 12 años. La sentencia, que puede ser apelada ante el Tribunal Supremo, detalla que el incidente ocurrió en un piso de un municipio cordobés.

Según la resolución, el joven invitó a su casa a tres menores de edad, entre ellos la víctima, el día 2 de marzo de 2019. Durante la visita, el acusado, «movido por el propósito de satisfacer sus deseos libinidosos», cometió el delito cuando se quedaron solos. El tribunal señala que el acusado era consciente de la edad de la menor, lo que agrava la gravedad del delito.

El TSJA ha desestimado los recursos de apelación presentados tanto por el acusado como por la acusación particular, manteniendo así la sentencia original. El tribunal también ha destacado que el episodio ha causado un perjuicio evidente en el desarrollo de la personalidad de la menor, dada su corta edad.

La sentencia incluye varias penas adicionales además de la prisión: dos años y seis meses de libertad vigilada, que implica una supervisión estricta después de cumplir la condena; una inhabilitación especial para cualquier profesión o actividad que implique contacto regular y directo con menores durante dos años; la privación de la patria potestad durante dos años; una orden de alejamiento de la menor durante cuatro años; y el pago de una indemnización de 4.000 euros por los daños morales causados.

El tribunal ha aplicado la atenuante muy cualificada del artículo 21.7 en relación con el artículo 183 bis del Código Penal, lo que implica una reducción en la pena debido a circunstancias específicas del caso.

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