La Fiscalía de Granada ha solicitado una pena de cinco años de prisión para un hombre de 59 años acusado de haber cobrado indebidamente la pensión de viudedad de su madre fallecida durante más de dos décadas.
El juicio está señalado para el próximo 30 de octubre en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada, donde el procesado se enfrentará a una acusación por delito continuado de fraude de prestaciones a la Seguridad Social.
Además de la pena de prisión, la Fiscalía reclama que se le imponga una multa de 350.000 euros y la obligación de indemnizar a la Seguridad Social con 168.927 euros. También se solicita que se le retire el derecho a obtener subvenciones o beneficios fiscales durante siete años.
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Una pensión activa desde 1996 hasta 2018
Según el relato de la Fiscalía, la madre del acusado falleció en marzo de 1996, pero su hijo no notificó el deceso a la administración. En lugar de ello, trasladó el cobro de la pensión mensual a una cuenta bancaria conjunta, compartida con su progenitora. Así, durante más de dos décadas, presuntamente se apropió mes a mes de los ingresos destinados a una persona ya fallecida.
La cuantía total que habría percibido ilícitamente asciende a 210.210 euros, una cifra que refleja el grave perjuicio económico para las arcas públicas. Este tipo de delitos, que se encuadran dentro de lo que la ley define como fraude continuado a la Seguridad Social, tienen una gran repercusión debido al impacto que generan sobre los recursos del sistema público.
El Ministerio Fiscal también ha puesto el foco en la entidad bancaria donde se domiciliaban los pagos, señalándola como responsable civil subsidiaria. Se le atribuye una posible negligencia al no realizar los controles de vivencia correspondientes, los cuales permiten confirmar si el titular de una prestación sigue con vida. Por esta falta de supervisión, el banco no comunicó a la Seguridad Social la muerte de la beneficiaria.
No obstante, la entidad ha abonado ya a la Seguridad Social el importe de las pensiones correspondientes a los cuatro últimos años, lo que asciende a 41.282 euros, quedando aún pendiente una indemnización mayor si el procesado resulta condenado.
Un fraude silencioso pero común
Aunque pueda parecer excepcional, este tipo de fraude no es un caso aislado. Cada año, la Seguridad Social detecta decenas de casos similares en los que familiares de fallecidos continúan cobrando pensiones de forma fraudulenta, en muchos casos durante años. Se trata de un fenómeno silencioso pero costoso, que obliga a redoblar los esfuerzos de vigilancia y control por parte de las administraciones públicas y de las entidades bancarias.
El control de vivencia es uno de los mecanismos fundamentales que las administraciones emplean para verificar que los beneficiarios de pensiones siguen vivos. A través de certificados periódicos, comprobaciones en registros civiles o incluso notificaciones personales, se busca evitar que se perpetúe el pago de prestaciones tras el fallecimiento del titular. Sin embargo, cuando estos controles no se aplican de forma rigurosa —como en el caso investigado en Granada— pueden mantenerse durante años situaciones fraudulentas.
En este caso, la responsabilidad no recae solo en el acusado, sino también en la cadena de supervisión institucional. La Fiscalía ha dejado claro en su escrito que el banco tenía la obligación de comunicar el fallecimiento si detectaba que la titular de la cuenta no realizaba movimientos propios o no cumplía con los requerimientos de vivencia.
El hecho de que la cuenta fuera compartida entre madre e hijo también ha podido dificultar la detección del fraude, ya que los movimientos económicos podrían parecer habituales. No obstante, legalmente, el uso de esos fondos constituye una apropiación indebida cuando se hace en perjuicio del sistema público y sin derecho legítimo.
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