La Comisión Europea ha anunciado la apertura de un procedimiento de infracción contra España por la multa de 179 millones de euros que el Gobierno impuso hace casi un año a Ryanair, Vueling Easyjet, Norwegian y Volotea por cobrar suplementos por el equipaje de mano o reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes.
Bruselas considera que la Ley de Navegación Aérea española restringe la libertad de las aerolíneas para fijar precios y da un plazo de dos meses a las autoridades españolas para responder a las irregularidades señaladas por los servicios comunitarios.
Bruselas expedienta a España por las multas a las aerolíneas que cobran por el equipaje de mano
La apertura del expediente sancionador tiene la forma de una carta motivada que establece un periodo de dos meses de diálogo entre Bruselas y Madrid para resolver las diferencias. El documento insta al Gobierno a armonizar plenamente su legislación nacional con la europea en materia de servicios aéreos que establece la libertad de las compañías aéreas para fijar sus precios.
De no resolverse, la Comisión puede aún pasar a la segunda fase, que supone el envío de un dictamen motivado con un nuevo plazo para el diálogo, antes de emprender la tercera y última etapa del proceso que implica elevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Valoración de la Asociación Española de Consumidores
Según la Asociación Española de Consumidores ha señalado que «la normativa europea que rige esta materia permitía dichos cobros y que con estas sanciones y su anuncio a bombo y platillo se estaban generando expectativas que luego se verían frustradas hacia los consumidores». De este modo, señalan que «no se estaba diciendo la verdad sino un planteamiento puramente ideológico y de prejuicio hacia las empresas que en nada favorecía a los consumidores sino todo lo contrario».