El tiempo:
101TV

El Juzgado confirma la condena al Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos por denegar información a la portavoz del PSOE para un pleno

El juzgado contencioso número 3 de Málaga ha condenado por «vulneración de derechos fundamentales al Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos por denegar a la portavoz socialista, Carmen Molero, información para preparar un pleno». El Consistorio recurrió la sentencia del juzgado de primera instancia y ahora el TSJA ha rechazado ese recurso y ha vuelto a dar la razón a la portavoz socialista, según ha indicado el PSOE en un comunicado.

Así, el juzgado contencioso número 3 de Málaga estimó el recurso presentado por la portavoz del PSOE en el consistorio, Carmen Molero, y defendido por el abogado Francisco Javier Conejo Rueda, y declaró que la actuación del alcalde, José María Molina Ruz, en relación con la petición de información presentada el día 7-1-2025 por la concejal socialista, conllevó la vulneración del derecho de información regulado en el artículo 77 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), y los correlativos artículos 14 a 16 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), con lesión del derecho fundamental de participación política (artículo 23 de la Constitución Española) del que la citada concejal es titular.

Expedientes para preparar el pleno

En la sentencia se detallaba que la concejala socialista presentó un escrito solicitando el acceso a determinados expedientes para preparar un pleno municipal. En contestación a la solicitud, el alcalde denegó el acceso a esos expedientes aduciendo problemas derivados de la premura de tiempo y del volumen de la información solicitada.

No obstante, el artículo 46.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (y art. 84 ROF), dispone que «la documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que deba servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de los Concejales o Diputados, desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Corporación».

Decretos solicitados

En este caso, la convocatoria del pleno se produjo el día 31-12-2024, la solicitud de información el 7-01-2025 y la celebración del pleno el 9-01-2025. Ahora el TSJA ha confirmado que el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos «tiene la obligación de entregar todos los decretos solicitados por la concejala socialista para la preparación de los plenos».

Molero ha criticado al alcalde por «impedir que desde la oposición podamos hacer nuestro trabajo de control y fiscalización del gobierno municipal». «Esta decisión del TSJA vuelve a poner de manifiesto que el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos gobernado por el PP es poco transparente. No es de recibo que tengamos que acudir a los tribunales para que el alcalde nos facilite en tiempo la información que por ley nos tiene que dar», ha concluido.

Más noticias de 101TV en las redes sociales: InstagramFacebookTik Tok o X. Puedes ponerte en contacto con nosotros en el correo informativos@101tv.es

Otras noticias de interés

Agenda cofrade: La procesión extraordinaria de la Virgen de la Trinidad centra los actos del fin de semana

Manuel García

Málaga reducirá y bonificará las tasas de vía pública a los establecimientos del paseo marítimo de Pedregalejo

101 TV

El Hospital Vithas Málaga advierte de los riesgos de la obesidad con la campaña de prevención ‘El peso de lo invisible’

Elena Lozano