Parece que hay fecha para la nueva ordenanza con la que el Ayuntamiento de Málaga pretende agilizar las licencias de obras. La concejala de Urbanismo, Carmen Casero, ha asegurado que se publicará antes de final de año. Cuando esté en vigor, las entidades certificadoras podrán empezar a actuar.
Los promotores podrán encargar a entidades privadas que tramiten su expediente, pero no suplirá, en ningún caso, la firma de los funcionarios, por lo que los técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) tendrán la última palabra. Acudir a estas empresas certificadoras será voluntario y tendrá un coste.
La edil del ramo también ha señalado que los colegios iban a emitir algunos certificados, pero vieron que este papel podría quedar relegado a las entidades certificadoras y ellos podían aportar otro tipo de necesidades.
Uno de los objetivos de la modificación es actualizar y definir «de la manera más clara y precisa posible qué actuaciones urbanísticas están sujetas a licencia, cuáles pueden realizarse con la presentación de una declaración responsable o comunicación y confirmar cuáles son los actos no sujetos a ninguno de estos controles municipales». Todo ello, en función de la clase de suelo y del régimen jurídico de la edificación afectada por las obras o actuación.
Igualmente, el texto prevé la enumeración de los documentos, informes y autorizaciones necesarias para acompañar a la solicitud o al formulario normalizado de declaración responsable o comunicación, en función del tipo de actuación que se pretenda realizar.
Concesiones
Otra de las modificaciones es que se facilita el procedimiento desde la concesión hasta la expedición. Se sustituye el documento expeditivo de la licencia por una comunicación, de modo que en los casos de licencias cuya eficacia quedó condicionada a determinados aspectos y si el cumplimiento de ellos depende exclusivamente del interesado, podrá iniciar la obra o actuación urbanística sin esperar a la emisión de un nuevo documento administrativo que confirme la eficacia del acto.
También se han actualizado y ampliado los actos no sujetos ni a licencia, ni a declaración responsable o comunicación y se han incorporado en este supuesto los acondicionamientos de espacios libres -ajardinamiento, pavimentación, solares de patios, aceras perimetrales a la edificación-, siempre que no afecten a jardines protegidos, y las obras de mantenimiento y conservación de pistas deportivas o piscinas.
Asimismo, regula cómo deben tramitarse aquellas modificaciones que sea necesario realizar durante la ejecución de una obra con título habilitante, de manera que quede claro si esta modificación exige tramitar una licencia urbanística o puede estar simplemente sujeta a la presentación de una declaración responsable, siempre que estos cambios se pueden realizar mediante esa fórmula.
Uso de la Inteligencia Artificial
Por último, potencia el uso del avance tecnológico para facilitar la expedición de licencias por un lado, a través de modelos digitales basados en metodología BIM (modelos 3D con datos asociados), y por otro, abre la posibilidad de poder hacer uso de la Inteligencia Artificial en la concesión de licencias urbanísticas y para comprobar las declaraciones responsables.
Otro aspecto es que introduce la posibilidad de tramitar las licencias urbanísticas y para la presentación y fase de comprobación de las declaraciones responsables o comunicación a través de una entidad colaboradora (colegio profesional o Entidad Urbanística Certificadora EUCA) para agilizar trámites.
Tal y como recoge el texto, «la colaboración público-privada no será obligatoria en ningún caso; solo se realizará cuando el interesado lo solicite voluntariamente y se podrá realizar tres tipos de certificados que acompañarán a la solicitud de licencia o a la presentación de una declaración responsable o comunicación.
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