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Condenado a 11 años de prisión por abusar sexualmente de su sobrina menor en Granada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de 11 años de prisión para un hombre acusado de abusar sexualmente de su sobrina de cinco años en el domicilio familiar tras lograr convencerla de que se fuera a su cuarto con la excusa de que le «iba a leer un cuento».

Los hechos ocurrieron en agosto de 2021, cuando la menor, cuyos padres están separados, estaba pasando el fin de semana en la casa donde reside su progenitor con los abuelos y el tío de la pequeña, en un pueblo de la comarca de la Costa Tropical.

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Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado ya había abusado sexualmente de la menor en fechas anteriores en otra estancia del domicilio y aquel día se encontraba en la vivienda con ella. Con el pretexto «de que iba a leer un cuento a la niña», logró que ésta fuera a su dormitorio «procediendo entonces a proponerle un juego entre ambos» en cuyo contexto se produjo la agresión sexual.

En ambas ocasiones el acusado le pidió «que no le dijera a nadie lo que hacían pues los castigarían a ambos», si bien la pequeña acabó por contárselo de forma espontánea a su madre una noche que fue a contarle un cuento, según se desprende de la sentencia. Su madre acudió con ella a la pediatra quien, a su vez, la derivó al hospital para que fuese reconocida.

Prohibición de aproximarse con la niña

La Sección Primera de la Audiencia de Granada condenó al acusado como autor de un delito continuado de abuso sexual sobre menor de dieciséis años a la pena de 11 años de prisión y a otros diez de libertad vigilada una vez que salga de la cárcel; así como a la prohibición de aproximarse o comunicarse con la pequeña durante doce años.

El acusado recurrió la sentencia, pero la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha dado total credibilidad al testimonio de la víctima y ha confirmado el fallo de la Audiencia, que también le condena a indemnizarla en 3.000 euros y le inhabilita para cualquier profesión o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores durante 16 años.

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