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Los patinetes eléctricos dejarán de ser ‘vehículos sin papeles’ a partir del 2 de enero de 2026

Desde el 2 de enero de 2026, todos los patinetes eléctricos deberán estar registrados, identificados y asegurados para poder circular legalmente en España. La nueva normativa pone fin a la circulación de lo que han sido hasta ahora ‘vehículos sin papeles’ y busca reforzar la seguridad en las vías urbanas. Circular sin cumplir estos requisitos será ilegal y podrá acarrear sanciones económicas.

José Carlos Cutiño, delegado de la OCU en Andalucía, explica que la norma “garantiza sobre todo la seguridad de los viandantes” y subraya que “si no se ha procedido a la inscripción será imposible asegurarlo, con lo cual la circulación sería ilegal”, dejando claro que el registro es el primer paso para que el seguro pueda contratarse.

Qué exige la nueva regulación

La ley incorpora a los patinetes eléctricos dentro de la categoría de vehículos personales ligeros, lo que obliga a que cada unidad esté inscrita en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT). Esa inscripción irá acompañada de un número identificativo visible, equivalente a una matrícula. Además, el vehículo deberá contar con su certificado de circulación, que acredita que cumple los requisitos técnicos exigidos.

Otra pieza clave es el seguro obligatorio de responsabilidad civil, indispensable para cubrir daños a terceros en caso de accidente. Los usuarios tendrán que contratar pólizas que cumplan los mínimos fijados por la normativa en materia de indemnizaciones tanto por daños personales como materiales. Cutiño recuerda que, «sin ese seguro, el patinete no podrá circular y quedará expuesto a sanciones».

Consecuencias de no adaptarse

Quien siga utilizando un patinete sin registrar, sin la identificación visible o sin seguro se enfrentará a sanciones económicas y a la prohibición de circular legalmente. Además, si un patinete sin asegurar causa un accidente, las indemnizaciones podrán ser reclamadas posteriormente al propietario del vehículo.

Los usuarios deberán completar los trámites antes de la fecha límite: inscripción en el registro, obtención del número identificativo y contratación del seguro obligatorio. En caso de contar ya con una póliza, será necesario verificar que cumple los requisitos exigidos por la nueva normativa, puesto que de lo contrario dejará de ser válida para circular.

Por qué se aprueba esta norma

El aumento del uso de patinetes y otros vehículos de movilidad personal en las ciudades, así como la creciente cifra de incidentes en los que se ven implicados peatones y usuarios, ha motivado que se establezca un marco legal más estricto. El objetivo es reforzar la seguridad vial, evitar la impunidad ante los accidentes y garantizar que existan indemnizaciones adecuadas para las víctimas cuando se produzcan daños.

La regulación también responde a la adaptación de España a la Directiva (UE) 2021/2118, que amplía la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para este tipo de vehículos.

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