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La Fiscalía de Málaga recurre la absolución de dos sacerdotes acusados de incitación al odio

La Fiscalía de Málaga recurre la absolución de dos sacerdotes acusados de incitación al odio

La Fiscalía de Málaga ha presentado recurso contra la sentencia de la Audiencia de Málaga que absolvió a dos sacerdotes y al responsable de una web informativa de un presunto delito de incitación al odio. La decisión se produce tras considerar que la Sala no ha aplicado correctamente la doctrina sobre este tipo de delitos a los hechos probados que se recogen en la sentencia.

Los acusados, Custodio Ballester y Jesús Calvo, junto con Armando Robles, director del medio digital, fueron absueltos pese a que se comprobó la autoría de publicaciones y declaraciones realizadas entre 2013 y 2019. La Fiscalía había solicitado inicialmente tres años de prisión para cada sacerdote y cuatro años para Robles. También ha recurrido la absolución la acusación particular.

Libertad de expresión

La causa se centra en expresiones publicadas por los acusados en artículos, entrevistas y programas de vídeo, en las que se hacía referencia de manera ofensiva a migrantes, personas musulmanas y el islam, utilizando términos como «invasores», «exterminio del infiel» o «grave amenaza». La Audiencia concluyó que, aunque los mensajes resultan ofensivos, no superaban los límites del derecho a la libertad de expresión ni demostraban intención clara de fomentar el odio hacia un grupo protegido.

Según la Sala, «no sólo existe un discurso protegido por la libertad de expresión, sino incluso podríamos aceptar que existe un discurso intolerante que igualmente se desarrolla dentro del ámbito de la libertad de expresión, y ello a pesar de que el mismo resulte ofensivo, no sólo para el grupo o persona a la que se dirige, sino incluso para el que lo escucha». Añade que «no todo lo que no es acogido en la libertad de expresión «resulta delictivo».

En el caso de los sacerdotes, la Sala consideró que las manifestaciones podían calificarse de «desafortunadas» o «delirantes», sin que constituyeran delito. En el caso de Robles, la conducta estuvo «más próxima y contigua» a la incitación al odio debido a la reiteración de críticas y artículos centrados en el islam y la migración, pero la Sala entendió que no existía prueba de que su intención fuera generar odio de manera efectiva.

Con este recurso, la Fiscalía busca que se reevalúe la interpretación legal de los hechos y que se determine si las publicaciones constituyen un delito de incitación al odio, manteniendo así el debate entre libertad de expresión y protección frente a la discriminación.

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