El Tribunal Supremo ultima un giro relevante en la interpretación de los días festivos que coinciden con sábado, una situación habitual para miles de trabajadores con jornada de lunes a viernes. Según la nueva doctrina que se consolida, las empresas deberán ofrecer una compensación cuando un festivo caiga en sábado y no pueda disfrutarse como día de descanso efectivo.
Hasta ahora, la pérdida de estos festivos era una práctica extendida en numerosos sectores, especialmente en aquellos con calendarios laborales cerrados de lunes a viernes. El alto tribunal considera que esta dinámica vacía de contenido el derecho al descanso reconocido en la normativa laboral y en la negociación colectiva, y que los festivos deben tener un efecto real y no meramente simbólico.
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La compensación no será necesariamente uniforme: podrá materializarse en un día libre alternativo, en un ajuste del calendario laboral o, si así lo prevé el convenio colectivo, en una compensación económica. La clave, subrayan fuentes jurídicas, es que el trabajador no resulte perjudicado por la coincidencia del festivo con un día no laborable.
La decisión se apoya en resoluciones previas de tribunales superiores y en reclamaciones sindicales que venían denunciando un trato desigual entre trabajadores según el reparto semanal de su jornada. Con este criterio, el Supremo busca homogeneizar la práctica empresarial y evitar agravios comparativos.
El impacto será especialmente notable en empresas con plantillas amplias y calendarios rígidos, que deberán revisar sus acuerdos internos y convenios para adaptarlos a la nueva interpretación. Los expertos aconsejan anticiparse y negociar fórmulas claras de compensación para evitar conflictos y litigios. Aunque la doctrina aún deberá aterrizarse caso a caso, el mensaje es claro: los festivos cuentan, incluso cuando caen en sábado. Y, a partir de ahora, perderlos sin compensación dejará de ser una opción.

