El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cuatro años de cárcel para un condenado por un delito de robo en casa habitada, «con el agravante de reincidencia», y que en su defensa durante el juicio alegó haber sido agredido y secuestrado en el momento de los hechos para evitar la prisión.
La Sala de lo Penal ha desestimado, por tanto, el recurso de apelación del acusado a la sentencia dictada el 20 de septiembre de 2024 por la Audiencia Provincial. La defensa del acusado estimaba que su patrocinado fue condenado con vulneración del derecho a la presunción de inocencia y que medió error en la valoración de las pruebas que llevaron su condena.
Los hechos
En un auto fechado el pasado 11 de febrero, los magistrados del Alto Tribunal andaluz consideran probado que el condenado accedió la madrugada del 15 de junio de 2020 por la ventana del lavadero de un piso «trepando desde su propia vivienda, situada en la planta octava del mismo inmueble» y que, una vez dentro, «se apoderó de una vídeo consola, dos alianzas de oro y oro blanco, dos pulseras y una cadena de oro, todo ellos pericialmente valorado en 1.860 euros, más 2.500 euros en efectivo».
La Audiencia consideró probado también que «al llevar a cabo este apoderamiento, ocasionó desperfectos en la vivienda por importe de 190 euros y que se produjo un corte, dejando manchas de sangre en el mobiliario y en una prenda». El acusado ya fue condenado en sentencia firme el 13 de noviembre de 2012 por la Audiencia Provincial por un delito similar a dos años y tres meses de prisión, y en sentencia firme de 12 de abril de 2019 del Juzgado de lo Penal número 2 por delito de robo con fuerza a pena de un año de prisión.
Los magistrados del TSJA esgrimen que la prueba indiciaria está basada en «datos tan objetivados y contundente como el reconocimiento efectuado por la víctima del robo, que con carácter previo a dicha expoliación conocía la identidad del recurrente, que en su condición de vecino en alguna ocasión anterior ya había accedido a su domicilio, trepando desde su cercana vivienda a través de la ventana de la cocina».
Invento de secuestro
Señala el auto del Alto Tribunal que el acusado, en sede plenaria, «aseveró que fue secuestrado extramuros de su vivienda, recibiendo un golpe en la espalda con una pala, y tras despertarse del desvanecimiento que sufrió, sus captores lo liberaron, retornando a su domicilio». Los magistrados por su parte consideran «inverosímil y totalmente fabulada» la agresión al acusado, que no fue denunciada.
«Todo ello en abierto contraste con las versiones esgrimidas en sede instructora con arreglo a la cual primero tales agresores le esperaron en su domicilio y le dejaron inconsciente, y a reglón seguido que el secuestro fue en la calle, donde le arrebataron las llaves de su casa, y al llegar a su domicilio, amén de encontrar las puertas partidas, fue agredido por la víctima que le pegó, al tiempo que lo obligaba a tocar con su mano ensangrentada varias cosas».
La sentencia también contempla la obligación de indemnizar a la víctima con la cantidad de 4.550 euros, «como resarcimiento por los perjuicios ocasionados con los desperfectos causados y el dinero y demás efectos sustraídos y no recuperados, salvo que haya sido resarcido por compañía aseguradora».
Más noticias de 101TV en las redes sociales: Instagram, Facebook, Tik Tok o X. Puedes ponerte en contacto con nosotros en el correo informativos@101tv.

