El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha dado luz verde este jueves a la modificación de la ordenanza que regula la circulación y el uso de los vehículos de movilidad personal (VMP), especialmente los conocidos patinetes eléctricos. La propuesta ha salido adelante con el respaldo de todos los grupos políticos, salvo Vox, que optó por la abstención.
El delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, defendió la actualización normativa como una medida “imprescindible y responsable” para afrontar los problemas derivados del aumento de accidentes en los que se ven implicados estos vehículos. Según explicó, el objetivo es reforzar la convivencia en el espacio público y ofrecer mayor seguridad tanto a usuarios como a peatones.
Nuevas normas de circulación
Entre los cambios más destacados figura la prohibición expresa de estacionar los patinetes en aceras y áreas peatonales, así como de sujetarlos a bancos, farolas, señales de tráfico o árboles. A partir de ahora, solo podrán dejarse en los espacios específicamente habilitados para ello.
La nueva regulación también obliga a los conductores a llevar casco homologado correctamente abrochado y chaleco reflectante. Además, se mantiene la edad mínima de 15 años para poder circular con un VMP, un requisito planteado por la Policía Local al equiparar esta edad con la permitida para conducir ciclomotores.
En cuanto a la circulación, únicamente podrán transitar por carriles bici aquellos patinetes cuya potencia no supere los 250 vatios. La velocidad máxima se fija en 15 kilómetros por hora, reduciéndose a 10 kilómetros por hora en los tramos compartidos con peatones. Asimismo, se aplican a estos vehículos las mismas limitaciones que rigen para las bicicletas, incluida la obligación de bajarse en momentos de gran afluencia de personas.
Multas y requisitos obligatorios
La normativa estatal continúa prohibiendo circular por aceras, zonas exclusivamente peatonales y túneles urbanos. También se mantiene la restricción de transportar a más de una persona y la exigencia de contar con alumbrado reglamentario, seguro de responsabilidad civil, certificado de circulación y registro en la Dirección General de Tráfico.
El uso de auriculares, teléfonos móviles u otros dispositivos mientras se conduce un patinete seguirá estando sancionado, al igual que hacerlo bajo los efectos del alcohol o las drogas.
Las infracciones leves, como el estacionamiento indebido, acarrearán multas de entre 50 y 100 euros. Las graves, como no usar casco o superar la potencia permitida, se sancionarán con entre 101 y 200 euros. En los casos más severos, las cuantías oscilarán entre 201 y 500 euros, elevándose así el límite máximo anterior para reforzar el carácter disuasorio de la norma.
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