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Sevilla activa desde este miércoles nuevas normas y sanciones para patinetes eléctricos

Los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) en Sevilla deberán adaptarse desde este miércoles a un nuevo marco regulador que endurece las condiciones de uso y fija sanciones de hasta 200 euros por incumplimiento. La entrada en vigor se produce tras resolverse el problema técnico que había impedido la correcta publicación de la modificación de la ordenanza municipal en el Boletín Oficial de la Provincia.

Con la actualización normativa, el Ayuntamiento comienza a aplicar de forma efectiva el artículo 145 bis, que recoge el régimen sancionador, así como el 51 bis, donde se detallan las obligaciones específicas para la capital andaluza.

Nuevas reglas en Sevilla

Entre las principales exigencias figura que solo podrán circular por los carriles bici aquellos patinetes cuya potencia nominal no supere los 250 vatios. Además, deberán desplazarse a una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora, que se reducirá a 10 km/h en tramos compartidos con peatones, donde siempre prevalecerá la prioridad peatonal.

Asimismo, estos vehículos estarán sujetos a las mismas limitaciones que las bicicletas, incluidas las restricciones horarias o por aglomeraciones que obliguen a desmontar. En materia de estacionamiento, queda terminantemente prohibido aparcar en aceras o espacios peatonales, así como sujetarlos a bancos, farolas, árboles o señales. Solo podrán dejarse en zonas habilitadas específicamente para ello.

El uso de casco homologado será obligatorio en todo momento, al igual que llevar chaleco o prenda reflectante durante la noche o cuando la visibilidad sea reducida. También se establece en 15 años la edad mínima para conducir un VMP en la ciudad.

Exigencias de ámbito estatal

La regulación municipal se complementa con la normativa nacional. Está prohibido circular por aceras, áreas peatonales o túneles urbanos, y los patinetes son de uso exclusivamente individual. Deben contar con sistema de alumbrado reglamentario y emplearlo cuando sea necesario.

Los conductores tendrán que disponer de seguro de responsabilidad civil y de la documentación exigible, que deberá mostrarse a los agentes si lo requieren. También se sanciona el uso de auriculares o teléfono móvil mientras se conduce, así como hacerlo bajo los efectos del alcohol o drogas.

Las multas por conducir ebrio pueden oscilar entre 500 y 1.000 euros —1.000 en caso de drogas— y conllevarán la inmovilización del vehículo. Usar el móvil, circular sin casco o sin iluminación acarreará sanciones de 200 euros. Además, transitar por vías ciclistas con un patinete que exceda los 250 W será considerado infracción grave.

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