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El alcalde de Málaga publica el bando de Navidad: prohibidos los grafitis y los botellones

El alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, ha publicado este jueves, 4 de diciembre, el bando de Navidad. En nombre de la Corporación Municipal, ha expresado sus «mejores deseos de paz y prosperidad» típicos de estas fechas. Entre otras cosas, se prohíbe los grafitis y los botellones.

El bando está formado por catorce disposiciones con el objetivo, según el bando, de que toda la ciudadanía pueda disfrutar de todos los espacios comunes de la ciudad. La primera de las disposiciones es que están prohibidas las pintadas, grafitis y similares en la vía pública sobre elementos estructurales tales como calzadas, medianas, aceras, mobiliario urbano, muros, paredes, a excepción de las pinturas murales u otras de carácter artístico que se realicen con autorización de la propiedad y del Ayuntamiento.

Otro de los temas ‘estrella’ de estos bandos son los petardos, que llegan en la segunda disposición del bando. «Se debe acatar lo dispuesto en el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería aprobado por el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre», ha explicado el regidor.

De la Torre ha recordado que el uso de estos artículos ocasiona molestias y graves daños a los animales, en especial a perros y gatos. También sobre animales, el alcalde ha dicho que hay que tener en cuenta que la adquisición o adopción de animales frecuente en estas fechas. «Debe ser siempre en términos de responsabilidad, evitando que se produzcan situaciones de abandono o desatención», ha señalado.

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Botellones

El asunto de los botellones queda aclarado en la quinta disposición, en la que se indica que queda prohibida la permanencia y concentración de personas en la vía pública consumiendo bebidas o realizando actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana. Se exceptúa de dicha prohibición el consumo de bebidas en terrazas y veladores de establecimientos públicos que cuenten con licencia municipal y dentro del horario establecido.

Además, en la vía pública y otras zonas de concurrencia pública no se podrán realizar actividades como cantar, proferir gritos, hacer funcionar aparatos de radio, televisores, instrumentos o equipos musicales, mensajes publicitarios, altavoces independientes o dentro de vehículos.

No se puede colocar publicidad en cualquier formato en farolas, semáforos y otros elementos del mobiliario urbano, así como en otros lugares de la vía pública no autorizados y fachadas que den a esta. También se aconseja a la ciudadanía que se informe previamente de si las fiestas y cotillones de carácter ocasional o extraordinario a las que pretendan asistir cuentan con licencia municipal.

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