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Condenado a dos años de prisión por agredir sexualmente a una joven en una discoteca durante Halloween

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años de prisión a un hombre por agredir sexualmente y abofetear a una joven durante la noche de Halloween de 2021 en una conocida discoteca de la provincia. El tribunal lo considera culpable de un delito de agresión sexual y otro leve de lesiones. No obstante, no ingresará en prisión si no vuelve a delinquir en un plazo de cinco años, tras el acuerdo alcanzado entre las partes.

Según recoge la sentencia, la noche del 31 de octubre de 2021 la víctima se encontraba con unos amigos en el local cuando conoció al acusado. Ambos comenzaron a hablar y besarse y decidieron salir al exterior de la discoteca.
Una vez fuera, el procesado empezó a sobrepasarse, intentando bajarle la camiseta y quitarle el pantalón del disfraz que llevaba puesto. La joven se negó en reiteradas ocasiones, se echó hacia atrás e incluso llegó a empujarlo para que se apartara. “Vámonos, no quiero hacer nada”, le dijo en un intento de frenar la situación.

A pesar de la oposición expresa de la víctima, el hombre continuó con actos de índole sexual mientras ella le pedía que parara porque le hacía daño. Según la resolución judicial, él le respondió que “no pasaba nada” y que “eso era normal”. La situación le provocó un estado de ansiedad. El episodio terminó cuando el acusado la cogió por el cuello y le dio una bofetada que le causó una herida en el labio.

Prisión provisional

El hombre ingresó en prisión provisional en diciembre de 2021, comunicada y sin fianza, y permaneció en la cárcel hasta el 27 de ese mismo mes, cuando se acordó su libertad provisional. Desde entonces, tiene prohibido acercarse a menos de 300 metros de la víctima, así como acudir a su domicilio o lugar de trabajo y comunicarse con ella.

Antes del juicio, el acusado consignó íntegramente la responsabilidad civil —29.000 y 6.000 euros— y mostró su conformidad con los hechos, la calificación jurídica y las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular.

El tribunal aprecia la atenuante muy cualificada de reparación del daño y, tras el acuerdo entre las partes, ha suspendido la ejecución de la pena de prisión con la condición de que no vuelva a delinquir durante cinco años. Además, deberá cumplir la orden de alejamiento y participar en el programa para agresores sexuales (PCAS).

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