El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Sevilla ha condenado a la empresa responsable de una clínica estética a pagar una indemnización de 389.802 euros a la familia de un paciente que murió tras someterse a una operación de reducción de estómago. La sentencia, difundida por la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, concluye que se produjo una negligencia médica, ya que no se comprobó el estado de coagulación del paciente antes de la intervención, a pesar de que este seguía un tratamiento con anticoagulantes.
Según el informe del perito, el paciente tenía antecedentes médicos relevantes, como trombofilia y una trombosis venosa profunda bilateral diagnosticada en 2016, y estaba medicado con anticoagulantes. Sin embargo, fue operado sin haberse realizado el análisis de coagulación el mismo día del procedimiento, lo que incrementó significativamente el riesgo de hemorragia.
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Como resultado de esta omisión, el paciente sufrió un trombo cardíaco que provocó una parada cardíaca y su posterior fallecimiento. El perito subrayó que, en esas condiciones y sin contar con los resultados de la analítica de coagulación, el paciente no debió haber sido sometido a la intervención, considerada de alto riesgo dada su historia clínica.
Por estos motivos, el juzgado ha ordenado a la empresa pagar una indemnización que cubre tanto el coste de la operación como una compensación económica para los familiares del fallecido. La sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Sevilla.
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