Un hombre ha sido condenado a diez años y medio de prisión por un delito de agresión sexual a su sobrina de ocho años de edad en Jerez. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz, que señala que los hechos ocurrieron en el año 2018, cuando el acusado convivía con la víctima.
Ambos vivían en la misma parcela, en la que había tres viviendas. En una de ellas, residía la menor con su madre, a quien la niña le contó en febrero de 2022 los hechos: su tío la agredió sexualmente en dos ocasiones.
Su recurso, desestimado
Una vez condenado por la Audiencia Provincial el acusado recurrió la sentencia al TSJA alegando que vulnera su derecho a la presunción de inocencia, valora erróneamente la prueba y desoye el principio in dubio pro reo. En este sentido, argumenta que el testimonio mantenido por la menor no es fiable, que no hay prueba sólida en torno a la realidad de los hechos denunciados y que, por tanto, debe ser dictada a su favor sentencia absolutoria.
Por su parte, el TSJA ha desestimado el recurso y ratificado la sentencia afirmando que no ve base para desautorizar la conclusión inculpatoria de la sentencia, ya que «no se perciben motivos espurios que pudieran haber guiado a la niña a idear falsamente los hechos» y ha añadido que «ha mantenido su testimonio de modo estable y coherente, sin contradicciones relevantes».
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