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El Nao Pool Club de Marbella, condenado a indemnizar a vecinos por superar los decibelios permitidos

Un conocido club marbellí ha sido condenado a indemnizar con 30.000 euros a vecinos próximos al local por superar los decibelios permitidos. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Marbella ha dictado la Sentencia en la que estima la demanda presentada por dos comunidades de propietarios (Aldea Blanca y Señorío de Aloha) contra el Nao Pool Club, un local de fiestas ubicado en una zona privilegiada de Nueva Andalucía. Los vecinos afectados han presentado dicha reclamación con la representación de Soler Luque abogados  contra la mercantil Shalom Banús S.L., titular del citado establecimiento que tiene 20 días para interponer un recurso contra esta sentencia.

Según se detalla en la sentencia, a la que ha tenido acceso 101TV, los vecinos denunciaban ruidos continuos y excesivos procedentes de la actividad del establecimiento (fiestas, música y aglomeraciones de clientes) que, según las pruebas periciales, superaban los límites legales de contaminación acústica e impedían el descanso y la normal convivencia en sus viviendas, además de afectar a una escuela infantil cercana.

En consecuencia de estos excesos de ruidos, el juez declara la responsabilidad extracontractual de la mercantil, ordena el cese inmediato de las inmisiones acústicas y condena a la empresa a ejecutar obras de insonorización o, en su defecto, a cesar la actividad ruidosa.

condenados a pagar más de 30.000 euros a las dos comunidades demandantes

Tal y como se refleja en la Sentencia, el club deberá abonar un total de 15.000 euros a las dos comunidades demandantes por el perjuicio ocasionado durante las últimas fechas, al que hay que sumarle «el interés legal de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda». Es decir, Nao Pool Club tendrá que abonar 30.000 euros en total. De no ser aceptado el recurso, los propietarios del recinto, además, deberán realizar las obras pertinentes en el local de querer reabrir sus puertas.

El fallo, contra el que cabe recurso, se apoya en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un entorno adecuado y libre de inmisiones acústicas que afecten a su salud y a su vida privada.

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