El caso del niño desaparecido en Morón de la Frontera da un nuevo giro judicial. El padre del menor rechaza que los hechos se juzguen como un homicidio imprudente y sostiene que la muerte fue intencionada. Así lo ha defendido este lunes su abogado, tras la audiencia previa celebrada en el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla.
La acusación particular, ejercida por el padre, mantiene que la madre del menor, principal acusada en el procedimiento, tenía una “posición garante” sobre el niño, ya que era quien lo cuidaba y que era plenamente consciente de las consecuencias de retirar la medicación que necesitaba. Por ello, considera que los hechos encajan en un delito de homicidio por comisión por omisión y no en un homicidio imprudente como sostiene la Fiscalía.
La clave, según la acusación: los actos previos
El abogado de la acusación particular, Jesús Fernández Pacheco, ha explicado que, a su juicio, lo determinante no es únicamente lo ocurrido el 12 de septiembre, fecha en la que se sitúa la desaparición del menor, sino los actos previos a ese día.
Según ha señalado, la madre no tenía limitada ninguna capacidad y realizó acciones encaminadas a retirar la medicación del niño. Desde la perspectiva de la acusación, esa conducta, sumada al conocimiento del posible desenlace, convierte el caso en un homicidio por comisión por omisión: es decir, en un delito cometido no por una acción directa, sino por dejar de hacer algo que se tenía la obligación legal de hacer, en este caso, garantizar la salud del menor.
La Fiscalía mantiene una calificación distinta. En su argumentación, considera que la madre se encontraba en una situación de enajenación mental derivada de una enfermedad psíquica. Por ello, solicita para ella una medida de libertad vigilada y tratamiento en un centro psiquiátrico.
Bajo ese planteamiento, los hechos serían constitutivos de un homicidio imprudente, es decir, una muerte causada sin intención directa, por negligencia o descuido grave.
La defensa de la acusada ha mostrado su conformidad con la calificación del Ministerio Público durante la vista preliminar, lo que, de haberse aceptado por todas las partes, habría permitido cerrar el procedimiento sin necesidad de juicio.
“Creo que fue una muerte intencionada”
El padre del menor, Antonio Barroso, ha manifestado que desconoce si la madre padecía una enfermedad mental, aunque ahora, ha dicho, parece que sí se apunta en esa dirección. Sin embargo, se muestra convencido de que existen indicios de intencionalidad.
“Creo que fue una muerte intencionada”, ha asegurado, visiblemente afectado. También ha subrayado que lo más doloroso para él es no saber dónde se encuentra el cuerpo de su hijo. “Era un niño indefenso, no se merecía esto”, ha lamentado.
Durante la presentación de las cuestiones previas, la acusación particular también ha solicitado la nulidad del proceso y que la causa se resuelva en la Audiencia Provincial, al considerar que sería el órgano adecuado para enjuiciar los hechos conforme a su calificación jurídica.
El fiscal ha respondido preguntando si se recurrió en su momento el auto de transformación de diligencias previas en procedimiento abreviado. Ante la respuesta negativa, ha señalado que ese era el momento procesal oportuno para plantear esa cuestión.
La acusación ha reiterado que no puede aceptar en ningún caso la calificación de homicidio imprudente y que, si el juicio se celebrara bajo esa tipificación, solicitaría la pena máxima prevista para ese delito: cuatro años de prisión.
Diez días para decidir el futuro del juicio
El juez ha concedido un plazo de diez días para resolver las cuestiones previas planteadas y determinar si se celebra la vista oral o si el procedimiento se retrotrae, como solicita la acusación particular, hasta la fase de presentación de escritos provisionales.
A las puertas del juzgado, el abogado del padre ha defendido que no se produciría indefensión alguna si el proceso se retrotrajera al órgano competente, permitiendo que ambas partes sostengan sus respectivas calificaciones: homicidio imprudente, como defiende la Fiscalía, o homicidio por comisión por omisión, como mantiene la acusación particular.
Mientras se resuelven estas cuestiones jurídicas, el caso sigue abierto y pendiente de decisión judicial, con posiciones claramente enfrentadas sobre la intencionalidad de los hechos y el encaje penal que finalmente deberá determinar el tribunal.

