La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía tiene abierta la convocatoria de una nueva línea de ayudas de hasta 10.000 euros destinadas a cooperativas y sociedades laborales, con las que se pretende fomentar el empleo estable, cualificado y de calidad en las empresas del sector de la economía social y las entidades interesadas pueden presentar sus solicitudes hasta el próximo 29 de agosto.
Esta línea de subvenciones cuenta en la provincia de Córdoba con 192.900 euros de presupuesto y se suma a las ayudas convocadas recientemente para fomentar el emprendimiento, la competitividad y el asociacionismo en la Economía Social.
La delegada de Empleo de la Junta en Córdoba, María Dolores Gálvez, ha explicado que estas ayudas contemplan dos medidas, «la primera para apoyar la incorporación como personas socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de cualquier persona desempleada».
La segunda medida, según ha recordado, es «para promover la contratación laboral de trabajadores para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, o de funciones relacionadas con las distintas áreas de actividad en cooperativas y sociedades laborales, con el fin de favorecer la profesionalización de las mismas como factor clave para mantener y mejorar su posición competitiva en el mercado».
Gálvez ha puesto de manifiesto que el pasado año, a través de esta línea de incentivos, «se beneficiaron 18 cooperativas cordobesas, incorporando a 32 socios trabajadores a sus plantillas, reforzando así el poder de esta fórmula empresarial en la provincia marcada por un empleo estable y de calidad sobre unos valores como la responsabilidad social y la sostenibilidad, la igualdad, el funcionamiento democrático, la vinculación al territorio y su contribución a la lucha contra la despoblación».
La provincia de Córdoba cuenta con 660 cooperativas, de las cuales 620 son de trabajo, que superan los 1.500 trabajadores asociados. Se subvencionará las contrataciones que se hayan formalizado entre el 1 de septiembre de 2024 y el 29 de agosto de este año.
Con respecto al calendario de pagos, la Orden fija un único pago del 100% una vez que la entidad beneficiaria remita la documentación acreditativa de las contrataciones efectuadas Pueden concurrir todas aquellas cooperativas y sociedades laborales inscritas en Andalucía en sus respectivos registros.
Los formularios de solicitud pueden obtenerse en la dirección ‘https://lajunta.es/5nhaa‘ y deberán presentarse en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, al que se accede a través de la misma dirección.
Incorporación de socios
La primera medida respalda la incorporación, con carácter indefinido, de personas socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de nueva constitución o ya preexistentes. En este último caso, la incorporación deberá suponer un incremento del empleo respecto de la media de los 12 meses anteriores a la fecha de incorporación de las nuevas personas socias.
La cuantía de esta subvención será, por cada persona que se incorpore como socia trabajadora o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral a jornada completa, de un mínimo de 4.000 euros, que podrá incrementarse a 5.500 euros en el caso de contratar a un hombre, y de 7.000 euros en el caso de contratar a una mujer, si está dentro de los colectivos prioritarios.
Entre los mismos se encuentran menores de 25 años que no hayan tenido antes ningún contrato indefinido, desempleados de más de 45 años, parados de larga duración, mujeres que se incorporen al trabajo en los 24 meses siguientes al parto, adopción o acogimiento, y trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo de carácter temporal no superior a veinticuatro meses.
Además, la ayuda podrá ascender a 8.000 euros si la persona contratada pertenece a un colectivo de exclusión social y a 10.000 euros si se trata de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Las personas desempleadas que se incorporan como socias trabajadoras o de trabajo deberán estar inscritas el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandantes de empleo, y no podrán haber ostentado la condición de socias trabajadoras o de trabajo en la empresa solicitante en los dos años anteriores a su incorporación.
En todos los casos, las subvenciones podrán ser concedidas también cuando la jornada de trabajo sea a tiempo parcial, si bien en este supuesto la cuantía de la subvención será proporcional a la duración de su jornada.
Contratación de gerentes
Por su parte, la segunda medida subvenciona la contratación laboral para el desempeño de funciones gerenciales o directivas, o relacionadas con las distintas áreas de actividad en cooperativas y sociedades laborales.
La cuantía de esta subvención será, por cada persona contratada a jornada completa, de 10.000 euros, o bien de 3.000 euros en el caso de que la contratación no sea para funciones gerenciales o directivas, pero se realiza en virtud de un compromiso adoptado en un convenio o acuerdo de colaboración relativo a prácticas profesionales no laborales.
En esta medida se establecen como condiciones específicas que las personas que se contraten deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el SAE, y no podrán haber tenido una vinculación laboral, ni haber tenido la condición de persona socia, persona socia trabajadora o de trabajo en la misma empresa de economía social que solicita la subvención en los dos años inmediatamente anteriores a la formalización del contrato.
Además, las personas que se contraten para desempeñar funciones gerenciales o directivas deberán acreditar formación en dirección de empresas, o experiencia profesional en este tipo de funciones durante un periodo no inferior a doce meses a lo largo de su vida profesional.