El partido extraparlamentario Iustitia Europa ha solicitado al Tribunal Supremo que suspenda las elecciones generales del próximo 29 de noviembre y las aplace «para garantizar la ejecución efectiva» de la suspensión cautelar de la denominada ‹Ley de Nietos+ que acordó el Alto Tribunal el mes pasado.
Así lo ha pedido en un escrito en el que señala que «la propia Abogacía del Estado» afirmó en el recurso que presentó este jueves que «resulta ¡materialmente imposible certificar en un lapso temporal razonable¡ cuáles de los 168.896 expedientes concernidos responden al concreto supuesto determinante de las medidas cautelares».
«La legitimidad democrática» de las instituciones requiere tener claro el censo
El abogado y presidente del partido, Luis María Pardo, argumenta que «la legitimidad democrática de las instituciones representativas exige que la formación de la voluntad electoral se produzca conforme al ordenamiento jurídico y a las resoluciones jurisdiccionales vigentes que inciden directamente sobre los efectos del censo».
Pardo incide en que la votación «debe celebrarse bajo condiciones de garantías en la plena efectividad de la resolución judicial vigente», esto es, la suspensión cautelar de la denominada ‹Ley de Nietos›.
Por ello, considera que la suspensión de las elecciones «constituye la respuesta adecuada ante la imposibilidad material declarada por el Estado», ya que preservaría la decisión del Supremo de frenar la citada norma, «la objetividad del censo» o «la legitimidad democrática de las instituciones representativas resultantes del proceso·.
O se suspende el voto a todos los españoles en el extranjero o a ninguno
En su escrito de este jueves, la Abogacía del Estado señaló que «o se suspende a todos los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes o no se suspende ninguno». Y es que, explican, los datos del censo exterior son globales «sin distinción alguna» y «resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone».
Y añadió que «ya que no es posible discernir en el Censo Electoral de Residentes Ausentes» en los «breves plazos» que configura la ley electoral entre los inscritos que adquirieron la nacionalidad por la ‹Ley de Nietos› y «aquellos que son españoles por otros motivos».
Síguenos en redes






