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Estos son los requisitos para solicitar el Bono Alquiler Joven en Andalucía

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía reabre este martes, a partir de las 16.00 horas, el plazo para solicitar el Bono Alquiler Joven, tras la ampliación de los fondos con 34,2 millones de euros adicionales. La convocatoria se cerrará de manera provisional cuando se alcancen las 15.000 solicitudes.

En las dos ediciones anteriores se tramitaron 24.463 solicitudes, de las que 17.418 fueron favorables, según datos de la Administración. Ante posibles dudas sobre el proceso, la Consejería ha publicado un manual de solicitud y un documento de preguntas frecuentes en su web, para orientar a los jóvenes interesados.

¿Quién puede solicitar el Bono Alquiler Joven?

Estas ayudas de 250 euros mensuales están dirigidas a jóvenes de entre 18 y 35 años que residan en vivienda en alquiler y cumplan ciertos requisitos de ingresos:

  • Una persona: ingresos hasta 3 veces el Iprem.
  • Unidades familiares: ingresos hasta 4 veces el Iprem.

La vivienda o habitación alquilada constituirá la residencia habitual y permanente del solicitante durante el periodo subvencionable y debe ser acreditado mediante empadronamiento municipal. En caso de unidades familiares, se requiere certificado de empadronamiento colectivo. Además, los solicitantes deben aportar el contrato de alquiler de la vivienda o cesión de uso o un compromiso de contrato firmado por arrendador y arrendatario, incluyendo las condiciones esenciales. Si el arrendamiento es parcial, se podrá presentar una declaración responsable sobre la cuota de participación.

Limites de renta y condiciones

Los contratos tienen un límite máximo de renta que oscila entre 600 y 900 euros según municipio y tipo de contrato. Para las habitaciones, la renta máxima subvencionable se sitúa entre 300 y 380 euros. Estos límites no incluyen gastos adicionales, como trastero, garaje o gastos de comunidad.

Cómo solicitar las ayudas

La participación se realiza por orden de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de llegada, y exclusivamente de forma telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (Veaja). Para presentar la solicitud es necesario contar con certificado digital y tener instalado el programa AutoFirma del Estado.

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