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Exmagistrados del Supremo se querellan contra Juan Carlos I por cinco delitos fiscales

Magistrados jubilados del Tribunal Supremo, fiscales anticorrupción retirados y varios intelectuales han presentado una querella conjunta contra el Rey emérito Juan Carlos I ante la Sala de lo Penal del Supremo por cinco delitos fiscales contra la Hacienda Pública.

En la querella, que ha adelantado ‘El País’ y a la que ha tenido acceso Europa Press, señalan que esos cinco delitos fiscales que atribuyen al Rey emérito entre 2014 y 2018 no habrían prescrito, a la vez que inciden en que la Fiscalía informó a Juan Carlos I de que se le había abierto una investigación por la existencia de infracciones tributarias.

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Los querellantes solicitan la declaración de Juan Carlos I y que comparezcan como testigos personas físicas, como su familiar Álvaro de Orleans Borbón, Arturo Fasana y Dante Canónica, y representantes legales de las entidades societarias que aparecen en el texto.

«El Ministerio Fiscal cuando comunica a un investigado la apertura de unas Diligencias de Investigación en las que existen datos de actividades irregulares con relevancia tributaria, nunca puede tener un conocimiento pormenorizado de los datos que avalan una posible infracción tributaria porque se trata de una información de la que solo puede tener conocimiento la Agencia Tributaria una vez concluido el expediente sancionador que cierra el paso a la posibilidad de una regularización», se lee en el texto.

No ha prescrito

La querella recuerda que al haber utilizado el emérito fundaciones (Zagatka y Lucum) con sedes en Liechtenstein y en Suiza, se entiende que se armó un entramado «para ocultar o dificultar la determinación de la cuantía defraudada», por lo que se está ante la modalidad agravada del delito que establece penas de 2 a 6 años de cárcel por cada delito y ubica la prescripción a los 10 años.

Los querellantes, cuya representación legal ostenta el exmagistrado y ahora abogado José Antonio Martín Pallín y el letrado Eduardo Ranz, hacen un repaso de las investigaciones realizadas por la Fiscalía Anticorrupción sobre el emérito que acabaron siendo elevadas a la Fiscalía del Supremo en noviembre de 2020.

Así, recuerdan que se indagó en el supuesto uso de tarjetas de crédito vinculadas a fondos del empresario mexicano Allen Sanginés-Krause por parte del Rey emérito y alguno de sus nietos, en el supuesto cobro de comisiones ilegales en las obras del AVE a La Meca, en la disposición por Juan Carlos I de dinero del empresario mexicano, y en la existencia de sociedades en paraísos fiscales.

Los letrados recalcan que la Fiscalía notificó al Rey emérito en dos ocasiones en 2020 que estaba siendo investigado por posibles delitos contra la Hacienda Pública y que Juan Carlos I realizó acto seguido dos regularizaciones fiscales: una de 678.393,72 euros en diciembre de 2020 y otra de 4.395.901,96 euros en febrero de 2021 (incluyendo 871.851,24 euros de intereses de demora y recargos).

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Añaden que el argumento que maneja la Fiscalía para considerar que la regularización se hizo en tiempo y forma se basa en que en las dos notificaciones no se detallaban de forma pormenorizada los hechos que se imputaban.

«Tal afirmación resulta incongruente», porque el representante legal del Rey emérito «procedió a la regularización sobre los datos que le había facilitado la Fiscalía y más específicamente Anticorrupción», precisan, para agregar que el Código Penal «descarta los efectos despenalizadores de la excusa absolutoria, si se regulariza después de tener un conocimiento formal, no necesariamente pormenorizado, de la iniciación de diligencias».

Para ellos, «la cuestión se centra en determinar si tal reconocimiento y pago se produjo antes de que el Ministerio Fiscal o el juez de instrucción hubieran realizado actuaciones que hubiesen permitido al contribuyente tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias».

Igualdad ante la ley

Los querellantes señalan que dan este paso movidos por «la defensa del interés general» al entender que existen delitos contra la Hacienda Pública «que vulneran no sólo los preceptos del Código Penal (…) sino también los principios de igualdad y de solidaridad, además de obligaciones legales y éticas exigibles especialmente a aquellas personas que ostentan cargos públicos de relevancia constitucional, en este caso la Jefatura del Estado».

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