El gabinete jurídico de la Junta ha presentado un escrito ante la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el que pide que se establezca «plazo perentorio» al alcalde de Carboneras (Almería), Salvador Hernández (CS), para tramitar la revisión de la licencia de obras del hotel situado en la playa de El Algarrobico.
En un escrito del letrado de la Junta, consultado por Europa Press, se pide que se «revoque» la providencia del TSJA por la que se adoptó la decisión de dar más plazo al alcalde de Carboneras para tramitar la revisión de la licencia de obras del hotel situado en la playa de El Algarrobico y se le emplazaba a dar cuenta de sus actuaciones cada diez días ante la Sala de lo contencioso-administrativo, frente a las peticiones de multa y revisión de oficio efectuadas por la administración autonómica y Greenpeace.
El TSJA tomó esa decisión en una providencia en la que volvía a advertir al primer edil carbonero de posibles multas coercitivas de 150 a 1.500 euros e incluso de deducir testimonio ante la Fiscalía por desobediencia si incumpliera los plazos otorgados para informar sobre los pasos que se dan para ejecutar la sentencia, que le obliga a revisar la licencia municipal ya declarada nula judicialmente.
En el escrito presentado por el letrado de la Junta, se pide a la citada sala que admita este escrito contra esa providencia, la revoque, y se dicte «nueva resolución en la que se imponga un plazo perentorio para cumplir el deber de tramitar el procedimiento con la elevación al Consejo Consultivo para dictamen».
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«En esta providencia del tribunal de 30 de abril de 2025 que impugnamos, lejos de imponer un plazo final y perentorio para llegar al siguiente trámite de petición del dictamen al Consejo Consultivo de Andalucía, tan solo obliga a transmitir una información cada diez días, sin fijar actividad alguna que ha de realizarse en ese tiempo», señala el escrito de los servicios jurídicos de la Junta.
Se añade que «produciéndose con ello una regresión en la ejecución con respecto a lo acordado en su providencia anterior de 6 de marzo de 2025». «En consecuencia, puesto que no consta el cumplimiento del fallo, y siendo la actuación del consistorio claramente dilatoria, dado el retraso considerable desde que debió cumplirse el mismo, se solicita que, anulándose la providencia de fecha 30 de abril de 2025, se dicte nueva resolución por la sala por la que se adopten de forma inmediata las medidas oportunas para alcanzar la plenitud de la tutela judicial exigida, incluida la de ordenar la inmediata remisión del expediente al Consejo Consultivo para su dictamen», añade el escrito del letrado de la Junta.
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