La magistrada que investiga la gestión de la DANA del pasado 29 de octubre ha decidido no llamar a declarar a Pedro Sánchez. El presidente del Gobierno no tendrá que comparecer como testigo en el caso que se instruye en el Juzgado de Catarroja sobre la gestión de la catástrofe que dejó decenas de fallecidos en la provincia de Valencia.
La solicitud para que Sánchez declarase procedía de la asociación Hazte Oír, que ejerce como acusación popular en el procedimiento. Esta organización quería que el jefe del Ejecutivo explicase un mensaje que envió al entonces president de la Generalitat, Carlos Mazón, cuando regresaba de un viaje oficial a la India.
El tribunal considera que el presidente del Gobierno no tiene información relevante sobre las decisiones tomadas durante la emergencia en Valencia
En su resolución, fechada este lunes, la jueza Nuria Ruiz Tobarra argumenta que el testimonio del presidente no guarda relación con lo que se está investigando. El caso se centra específicamente en cómo se tomaron las decisiones para enviar la alerta de emergencia a los móviles de los ciudadanos, conocida como Es-Alert.
Fuera del marco temporal
El punto clave está en el horario. Sánchez envió su mensaje a Mazón a las 22.50 horas de aquella noche, cuando las decisiones cruciales ya se habían tomado. La última alerta Es-Alert se había enviado a las 20.57 horas, casi dos horas antes. «La hora del intercambio de mensajes se aparta radicalmente del momento en que se produjo el proceso de toma de decisiones», explica la magistrada en el auto judicial.
Además, la jueza señala que no existe ninguna evidencia de que Mazón y Sánchez mantuvieran comunicaciones durante las horas críticas de la emergencia. No constan llamadas telefónicas entre ambos durante el tiempo en que se gestionaba la catástrofe y se producían los fallecimientos.
Diferente al caso de Feijóo
La resolución marca un claro contraste con otra decisión tomada el pasado viernes. Entonces, la magistrada sí citó a declarar como testigo al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo. La razón es que Feijóo afirmó públicamente el 31 de octubre que Mazón le había informado «en tiempo real» de lo que estaba ocurriendo. La jueza distingue ambos casos: la citación de Feijóo se basa en «una certeza» –sus propias declaraciones públicas–, mientras que la petición sobre Sánchez se sustenta en una «mera elucubración» sin pruebas que la apoyen.
El procedimiento judicial sigue adelante centrándose en el papel de la consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, que aparece como investigada. La causa busca determinar si hubo negligencia en el envío tardío de las alertas de emergencia a la población durante aquella trágica jornada.
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