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Se endurece la normativa para los patinetes eléctricos: será obligatorio el uso de chaleco reflectante y casco homologado

La Junta de Gobierno Local ha aprobado este viernes la modificación de la Ordenanza Municipal de Circulación con respecto a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), bien conocidos como ‘patinetes eléctricos’. Tras el último reglamento estatal que entrará en vigor el próximo 2 de enero de 2026, Sevilla prevé endurecer las normas con el fin de reducir la siniestralidad por el crecimiento del uso de los patinetes en las vías urbanas.

Esta modificación mantiene activa la normativa estatal, en la que prohíbe la circulación de estos vehículos por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos, así como la necesidad de disponer del seguro de responsabilidad civil, certificado de circulación y el registro en la Dirección General de Tráfico (DGT).

Chalecos y cascos obligatorios

Como novedad, esta nueva ordenanza en Sevilla introducirá la edad mínima de 15 años para poder circular con patinetes,  siempre de manera individual para la conducción del mismo. Además, los conductores deberán usar obligatoriamente chaleco reflectante y casco de protección homologado, debidamente abrochado en todo momento.

También estará prohibido estacionar los patinetes en aceras y zonas peatonales o anclarlos a elementos del mobiliario urbano como árboles, señales de tráfico o aparcamientos de bicicletas.

Durante su circulación, únicamente se permitirá la potencia máxima de 250 vatios y  una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora por las vías ciclistas, reduciéndola a 10 kilómetros por hora en itinerarios ciclistas compartidos con peatones y respetando la prioridad peatonal.

Sanciones por incumplimientos

Estos cambios implican la modificación de los artículos 51 bis y 145 bis, que integrará la normativa estatal de Tráfico y Seguridad Vial y la relativa al seguro de responsabilidad civil. Además, los incumplimientos de circulación podrán ser sancionados por la Policía Local de Sevilla según el tipo de infracción acometido.

Las infracciones leves conllevarán multas de 50 a 100 euros por estacionar en los espacios no permitidos y habilitados para los patinetes. En este sentido, las infracciones graves, con multas de hasta 200 euros, implican la circulación de menores de 15 años y la ausencia de los elementos obligatorios de seguridad, así como circular por vías ciclistas con potencia o velocidad superior a la permitida.

Las infracciones muy graves podrán alcanzar multas de hasta 500 euros, cuya cuantía máxima hasta el momento era de 400 euros. Este incumplimiento se referirá a la circulación con dichos vehículos que sean manipulados o que alteren las características técnicas o en los elementos regulados por el manual reglado.

Fortalecimiento progresivo de la norma

El delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, ha explicado que a partir del próximo lunes 15 «comienza el trámite de esta ordenanza», en la que se prevé su publicación y el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP)  y la apertura del plazo de alegaciones por 30 días. Esto implicaría que su aprobación definitiva podría plantearse en el Pleno Municipal durante el mes de febrero de 2026.

Este endurecimiento de la ordenanza se aplica ante la «necesidad de establecer reglas claras que permitan su uso», según el delegado, debido al aumento progresivo del uso de los vehículos en vías urbanas y los datos recogidos por la Junta de Andalucía en los últimos días, que recoge que más de 3.100 personas acudieron a las Urgencias del Hospital Universitario Virgen del Rocío por accidentes relacionados con patinetes eléctricos desde 2012, año en el que empezó a generalizarse el uso de estos vehículos.

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