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Una sentencia pionera obliga a Interior a indemnizar a la familia del agente Arcos, asesinado en Huétor Vega

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Sentencia pionera de la Audiencia Nacional que ha ordenado al Ministerio del Interior a indemnizar a la familia del guardia civil José Manuel Arcos, fallecido en acto de servicio en la localidad granadina de Huétor Vega hace siete años.

El alto tribunal obliga a la cartera que lleva Grande-Marlaska a pagar 334.200 euros a la viuda y a los hijos del agente Arcos al declararse insolvente el asesino, apodado como ‘el Kiki’. Esta novedosísima sentencia también beneficiará a otras cinco familias de guardias civiles cuyas reclamaciones están en proceso.

La condena introduce una interpretación innovadora del principio de indemnidad, que asegura compensación por daños sufridos en servicio cuando el agresor es insolvente. Además de la familia Arcos, se verán beneficiadas las familias de dos guardias civiles asesinados por Igor el Ruso, entre otros.

Contra la sentencia, que ha sido dictada después de la votación y fallo fechado para este pasado 23 de septiembre, cabe recurso de casación en el plazo de 30 días contados desde el siguiente al de su notificación.

La lucha judicial de la viuda y los hijos del agente Arcos

La Audiencia Provincial de Granada condenó al responsable de la muerte del agente Arcos, un delincuente común conocido como el ‘Kiki’, a una pena de 22 años y medio de prisión después de que en la madrugada del 15 de octubre de 2018 arrebatara el arma reglamentaria al guardia civil tras una persecución y durante el forcejeo le pegara un tiro que acabó con su vida.

Una vez que la Audiencia de Granada declaró la insolvencia del condenado para hacerse cargo de las indemnizaciones, la viuda y los hijos del agente Arcos recurrieron al Ministerio del Interior con el objetivo de que asumiera el coste bajo el argumento de que este empleado público murió en acto de servicio y la Administración tiene la obligación de resarcirles del daño causado.

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El Ministerio del Interior rechazó asumir las indemnizaciones con el «argumento de que no son víctimas directas», según relató en su día el letrado de la familia, López y García de la Serrana, quien censuraba que el Gobierno hiciera «caso omiso» a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo que existe a este respecto.

La «lucha judicial» emprendida por la viuda y los hijos del agente Arcos suponía así «una durísima prueba, tanto emocional como psicológica», que se sumaba a la trágica pérdida del padre de familia y al proceso penal que se vivió tras su muerte. Por ello, desde el despacho que les representa se remitió un escrito en el que se solicitaba a la Sala de la AN que agilizara la votación y fallo de la sentencia por «razones psicológicas y humanitarias».

El letrado argumentaba que de todo el elenco legislativo existente se derivaba «sin discusión que, los perjuicios sufridos por guardias civiles o por agentes de Policía de cualquier clase que sufran lesiones o daños en acto de servicio como consecuencia de acciones ilícitas de las personas sobre las que ejercen, sin culpa o negligencia propia, las funciones que son propias de su cargo, deben ser resarcidos por la Administración, mediante el principio del resarcimiento o de indemnidad, que rige para los empleados públicos cuando actúan en el ejercicio su cargo».

A ello sumaba que la sentencia 1003/2020 de 15 de julio de 2020, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, aclara que los daños causados por el delincuente declarado insolvente se deben resarcir directamente al lesionado o a sus herederos, por lo que, según recalcaba, carecía «de sentido y lógica negarle la indemnización a la viuda e hijos del Guardia Civil José Manuel Arcos, con el argumento de que no son víctimas directas».

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