El mes de octubre viene con cambios para el ciclista en Sevilla. La ciudad adaptará determinados aspectos de su regulación de movilidad urbana al nuevo Reglamento General de Circulación, que se introduce a partir del día 1 de octubre de este mismo año.
Se trata de un marco específico para la circulación en las ciudades, pensado para el refuerzo y la protección de los usuarios más vulnerables. La reforma afecta especialmente a peatones, ciclistas y conductores de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
El cambio llegará sobre otra ya existente en Sevilla, que se aprobó en el año 2022 y ha sido modificada posteriormente en este 2026, sustituyendo buena parte de la regulación anterior. En esta línea, la normativa municipal ya cuenta con un apartado específico dedicado a las bicicletas y otro a los vehículos de movilidad personal.
Teniendo esto en cuenta, la entrada en vigor del nuevo reglamento estatal no supondrá partir de cero, pero sí obligará al Ayuntamiento a comprobar que su ordenanza se ajusta al nuevo marco pautado. El propio reglamento establece que «las ordenanzas municipales podrán desarrollar determinados aspectos de las nuevas normas urbanas, pero no podrán contradecirlas ni alterarlas».
Las bicicletas podrán circular por la calzada
Entre los principales afectados por esta reforma se encuentran los ciclistas. El nuevo reglamento establece que, «cuando no exista una vía o carril específico, las bicicletas deberán circular por la calzada».
Cuando exista una infraestructura ciclista, su utilización será preferente, aunque «la autoridad competente podrá establecer su obligatoriedad» mediante la correspondiente señalización. Por tanto, se podrá hacer uso de la calzada como ciclista a pesar de que exista carril bici, ya que el uso del mismo figura como «preferente» y no «obligatorio».
En este punto, la ciudad de Sevilla ya cuenta con una regulación: la Ordenanza de Circulación diferencia, entre otros elementos, entre carril bici y acera-bici, y establece normas concretas para la circulación en estas vías.
Uno de los cambios más destacados será que «las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril cuando la seguridad lo permita». En las vías urbanas con dos o más carriles por sentido, deberán utilizar el carril derecho, aunque podrán ocupar otros por seguridad o ante la realización de determinadas maniobras.
Cinco metros de distancia, por seguridad
El reglamento fija, además, una nueva distancia de seguridad en la ciudad: los conductores de vehículos a motor deberán mantener «al menos cinco metros respecto de las bicicletas que les precedan en el mismo carril». En los adelantamientos deberán extremar las precauciones para evitar poner en peligro al ciclista.
Las aceras continuarán reservadas a peatones
El nuevo reglamento refuerza también el carácter peatonal de las aceras. El nuevo título establece que son espacios reservados para la movilidad y estancia de los peatones, y prohíbe terminantemente en ellas la circulación de vehículos.
Los ciclistas tampoco podrán circular por las aceras, salvo la excepción que pueda establecer la autoridad municipal para menores de hasta 12 años, que circulen en bicicleta acompañados de un adulto a pie.
En el resto de zonas peatonales, los diferentes ayuntamientos podrán autorizar determinadas formas de convivencia entre peatones, bicicletas y vehículos de movilidad personal , siempre que se mantenga la prioridad de los peatones.



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