El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Ángel Hurtado ha corregido de oficio la cuantía de la fianza impuesta al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, rebajándola desde los 150.000 euros iniciales -que incluían todas las posibles responsabilidades pecuniarias, tanto indemnización como mult– hasta los 75.000 euros, pero sin tener en cuenta la eventual multa porque, según doctrina constitucional, supondría anticipar una condena.
En un auto de este martes, el instructor explica que actúa de ‘motu proprio’ porque a raíz del recurso presentado por la acusación particular que ejerce Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, se ha dado cuenta de que su primera resolución -fijando la fianza en 150.000 euros- contenía un error.
«Y puesto que el mismo tiene repercusión favorable al acusado, no es cuestión de esperar más tiempo y prolongar la decisión sobre este particular, por cuanto que, aun sin necesidad de recurso, el propio juez, de oficio, puede hacer modificación en la cantidad, en función de las circunstancias que se le presenten», expone Hurtado.
El magistrado sostiene que al establecer esos 150.000 euros optó por una «línea tradicional» que incluye en el concepto de responsabilidades pecuniarias «tanto la partida a indemnizar por responsabilidades civiles, como la multa, caso de que el presumible delito la llevara aparejada como pena».
Sin embargo, apostilla que, según una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) dictada el 19 de junio de 2023, a la que el propio González Amador aludía en su recurso de reforma, concluye que «la de multa no ha de ser incluida como una más entre esas responsabilidades pecuniarias».
Por ello, Hurtado procede a hacer un nuevo cálculo partiendo de los 40.000 euros que el propio González Amador reclamaba como indemnización en la demanda por vulneración de su derecho al honor que presentó contra la vicepresidenta del Gobierno María Jesús Montero, y que el TS desestimó al considerar que las palabras de la también ministra de Hacienda, que le llamó «delincuente confeso», estaban amparadas por la libertad de expresión.
El instructor razona que en la causa penal la indemnización contemplada debe ser superior por cuanto «el correo de 2 de febrero de 2024, filtrado subrepticiamente a los medios, ha sido base para la formación de una generalizada opinión pública, que considera culpable de un delito a quien no lo es, quedando con ello afectada su honorabilidad y su reputación social en grado mayor que ese ataque al honor por el que se solicitaron los 40.000 euro en el juicio civil».
Hurtado ve «procedente» pensar ahora en una indemnización por un montante de 50.000 euros, si bien señala que, «si añadimos intereses y costas, y el tercio más al que permite llegar el artículo 589.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), por conceptos ajenos a la multa, por el resto de responsabilidades se podría calcular la cuantía de 75.000 euros».
El magistrado aclara en este punto que «los otros 75.000 euros, hasta alcanzar los 150.000 euros que se fijaron, corresponden a la multa, que la acusación solicita que sea en la cuantía de 108.000 euros, por debajo de los 216.000 euros, máxima a la que se podría llegar».
«Ahora bien, no veo razón para no hacer el cálculo tomando como referencia el límite inferior de la multa, esto es, doce meses, aunque la cuota de 200 euros, también, en opinión de este instructor, cabe considerarla accesible, dada la solvencia que se le puede suponer al acusado por el cargo que ocupa, más el incremento del artículo 589.2 LECrim, con lo que se estaría en esos otros 75.000 euros, hasta los que alcanzó la inicial fianza de 150.000 euros por todos los conceptos, pero de la que hay que restarlos», remata.
Fianza consignada
No obstante, Hurtado aclara que con esta resolución no responde al recurso presentado por González Amador, que instó al instructor a reconsiderar su decisión sobre la fianza pero para elevarla a los 300.000 euros que reclamaba inicialmente, solo en concepto de indemnización por daños morales, aduciendo que no han cesado ni un día como consecuencia del «relato político» generado por García Ortiz.
La pareja de Díaz Ayuso esgrime que «no ha existido día desde el 14 de marzo de 2024», cuando la Fiscalía emitió un comunicado dando detallada cuenta de los ‘emails’ entre su defensa y el fiscal que le investigaba por delitos fiscales, «en que algún personaje político o periodístico, con el ministro de Justicia a la cabeza, no denomine a través de los medios de comunicación a Alberto González Amador ‘delincuente confeso’ o ‘defraudador confeso'».
El magistrado ha dado este paso justo después de que el fiscal general haya consignado la fianza de los 150.000 euros, aportando parte de su patrimonio porque no disponía de ese dinero en efectivo, según fuentes jurídicas consultadas.
Las citadas fuentes señalan que, desde que se conoció la fianza, numerosas personas -familiares, amigos, compañeros y ciudadanos anónimos- se habían ofrecido a colaborar en el pago de la misma, pero que García Ortiz no ha querido implicar a nadie.
El jefe del Ministerio Público estaba ultimando un recurso directo de apelación contra la fianza de 150.000 euros al considerar que se trataba de un monto excesivo. En este sentido, las fuentes subrayan que en casos de agresión sexual se suele fijar en 50.000 euros. Ahora, esta rebaja -a la mitad- le obliga a analizar la nueva situación antes de impugnar.
El fiscal, a juicio
El instructor envió a juicio a García Ortiz al estimar, indiciariamente, que la noche del 13 de marzo de 2024 filtró a la ‘Ser’ el correo electrónico del 2 de febrero de ese año donde la defensa de González Amador se ofrecía a reconocer los delitos fiscales, por los que finalmente ha sido procesado, a cambio de llegar a un acuerdo con Fiscalía.
Hurtado llegó a esta conclusión tras ocho meses de investigación que culminaron con el procesamiento de García Ortiz y la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por un presunto delito de revelación de secretos. No obstante, ambos recurrieron y la Sala de Apelación libró a la fiscal, dejando al fiscal general como único acusado.
Fuentes jurídicas avanzan que el juicio se celebrará hacia noviembre, con una duración aproximada de una semana -aunque podría prolongarse debido a la gran cantidad de testigos que proponen las partes-, y posible sentencia hacia final de año. El tribunal lo conformarán siete magistrados de mayoría conservadora encabezados por el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta.
El fiscal general se enfrenta a penas de hasta seis años de cárcel y doce de inhabilitación, como reclama la acusación popular que ejerce la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), que le atribuye un delito de prevaricación en concurso con un delito continuado de revelación de secretos. El propio Hurtado dejó la puerta abierta a ampliar el catálogo de delitos. García Ortiz aún debe presentar su escrito de defensa.
Más noticias de 101TV en las redes sociales: Instagram, Facebook, Tik Tok o X. Puedes ponerte en contacto con nosotros en el correo informativos@101tv.es