El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha tumbado esta mañana la protección de los terrenos del Tivoli World. El pasado 13 de abril 2023, el Pleno del Ayuntamiento de Benalmádena acordó una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para que el suelo del parque «no pudiesen destinarse a ningún otro uso que no sea el de parque de ocio», que ahora ha sido rechazada por el alto Tribunal ante el recurso presentado por los propietarios de Tremon.
Tanto la ciudadanía como los que fueran trabajadores del parque aplaudieron la medida, que además contemplan la compatibilización del parque con usos «como el hotelero o el comercial», aunque siempre vinculados a la apertura del parque de atracciones.
Por su parte, Tremon asegura que el Ayuntamiento de la localidad no atendió al dictamen desfavorable del Consejo Consultivo de Andalucía con carácter preceptivo y vinculante con arreglo a las disposiciones de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) vigente al inicio del procedimiento.
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En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se recoge que el dictamen del Consultivo, de 27 de julio de 2022, era en sentido desfavorable «al entender que no quedaba justificada la alteración de la calificación del espacio como sistema local, concluyendo la imposibilidad de su aprobación definitiva por tener el dictamen del órgano consultivo carácter vinculante en este caso».
«Falta de motivación» para el cambio de uso
Además, el Alto Tribunal también admite el motivo del recurso que Tremon que expone una «falta de motivación» real para llevar a cabo ese cambio del uso de Tívoli, que pasaba del genérico «comercial» al específico de «parque de atracciones».
La Sala recoge en la sentencia que el propósito confesado de la Administración local «es la conservación del parque de atracciones […] previendo la eventualidad de conversión en espacio demanial para el caso de quedar frustrado este objetivo. No existe pues ni desviación, ni fraude en la actuación administrativa».
La sentencia falla la estimación del recurso contencioso administrativo interpuesto por Grupo Inmobiliario Tremon frente al acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Benalmádena de 13 de abril de 2023 relativo al ámbito de planeamiento de Tívoli, «acuerdo que se anula por no ser conforme a derecho», e impone la costas procesales a cargo de la Administración local demandada. Contra esta sentencia cabe recurso de casación.