Tal y como anunció en su momento, la formación política Vox presentó una demanda en la sala de lo Contencioso-Administrativo el pasado 4 de junio en la que solicita la nulidad de la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Málaga que aprueba la Zona de Bajas Emisiones (ZBE).
El vicesecretario judicial de Vox, Jesús Ruiz Ballesteros, ha explicado que «la demanda fue admitida el pasado lunes, 9 de junio, y trasladada al Consistorio en la misma fecha, dando plazo a este para oponerse a la misma en los siguientes 20 días hábiles».
Ballesteros ha expresado que «para aprobar cualquier Ordenanza el Ayuntamiento, debe demostrar su Necesidad y Proporcionalidad, para ello debe existir una Memoria de Análisis de Impacto Normativo, que debe incluir los impactos que la Ordenanza tendrá en la ciudad y los ciudadanos, tanto de carácter económico, como social y medioambiental».
Según han señalado desde el grupo municipal a través de un comunicado, para que la Ordenanza cumpla con ser necesaria y proporcional, el Ayuntamiento debe demostrar que se han estudiado otras alternativas y han indicado que no hay ninguna referencia a alternativas menos dañinas para los ciudadanos.
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«En cuanto al informe económico y presupuestario que se adjunta al expediente, tan sólo estudia el impacto en los presupuestos del Ayuntamiento: cuánto se va a recaudar en multas y cuánto se dejará de recaudar por que se cobra menos IVTM (impuesto de circulación) a los coches eléctricos, pero nada se dice sobre cuáles serán las consecuencias económicas en los sectores y colectivos afectados, qué ocurrirá con las empresas de la zona de restricciones, con el empleo de los ciudadanos o la competitividad de las pymes», han dicho.
Informe medioambiental
Respecto al informe medioambiental, han aseverado que «es totalmente insuficiente, por muchos motivos». Ballesteros ha puesto como ejemplo «la implantación de ocho cabinas para medir la calidad del aire, de las cuales sólo se pusieron a funcionar seis y para colmo tres están fuera de la ZBE».
Sobre las mediciones, han sentenciado que tan sólo se realizaron durante cuatro meses, lo que «es del todo insuficiente para motivar la necesidad de implantar las restricciones que cumplan con unos fines que no están convenientemente justificados tener que alcanzarlos».
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