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Más de 6.700 jóvenes solicitan el Bono Alquiler Joven en Andalucía en las primeras seis horas

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía ha recibido un total de 6.785 solicitudes en las primeras seis horas desde la reapertura de la convocatoria del Bono Alquiler Joven, que se activó este martes entre las 16.00 y las 22.00 horas. El plazo permanecerá abierto de manera provisional hasta alcanzar las 15.000 solicitudes.

Según fuentes de la Junta, además de las solicitudes ya registradas se han contabilizado 3.597 borradores, correspondientes a expedientes que se encuentran en proceso de tramitación. Esta cifra supera en 1.048 solicitudes las presentadas en el mismo tramo horario de la convocatoria anterior, cuando se alcanzaron 5.737 peticiones. Desde la administración autonómica han asegurado que el sistema está funcionando «bien» y sin incidencias técnicas.

La reapertura de esta línea de ayudas ha sido posible tras la ampliación del presupuesto en 34,2 millones de euros. En las dos convocatorias anteriores del Bono Alquiler Joven se tramitaron 24.463 solicitudes, de las cuales 17.418 resultaron favorables, según los datos facilitados por el Gobierno andaluz.

Estos son los requisitos para solicitar el Bono Alquiler Joven en Andalucía

Agilizar los trámites

La Junta de Andalucía ha recordado que las bases reguladoras de estas subvenciones fueron diseñadas «hace años» con el objetivo de permitir la apertura y el cierre provisional de las convocatorias en función del volumen de solicitudes y de los fondos disponibles. Esta fórmula busca agilizar una tramitación que, como se evidenció en la primera edición, resulta «compleja» debido a los criterios «impuestos» por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

La convocatoria contempla ayudas de 250 euros mensuales y está dirigida a jóvenes de entre 18 y 35 años que residan en una vivienda o habitación en régimen de alquiler. Los ingresos de los solicitantes no podrán superar tres veces el Iprem en el caso de una persona sola y cuatro veces el Iprem si se trata de una unidad familiar. La vivienda deberá constituir la residencia habitual y permanente del beneficiario, circunstancia que deberá acreditarse mediante empadronamiento municipal.

Entre la documentación exigida figura el contrato de alquiler o de cesión de uso, o bien un compromiso de contrato firmado por arrendador y arrendatario. En los casos de alquiler parcial, si no se especifica la cuota de participación, será necesario aportar una declaración responsable. Para las unidades familiares se requerirá, además, un certificado de empadronamiento colectivo.

Las rentas máximas admitidas oscilan entre los 600 y los 900 euros mensuales en función del municipio y del tipo de contrato, mientras que el alquiler por habitación tendrá un límite de entre 300 y 380 euros. Estos importes no incluyen otros gastos que puedan figurar en el contrato, como garaje, trastero o comunidad.

Las ayudas se concederán por orden de llegada, mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva. Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (Veaja), siendo obligatorio disponer de certificado digital y del programa AutoFirma del Estado.

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