Resulta inaudito. El Boletín Oficial del Estado, esa herramienta que sirve para publicar oficialmente las leyes, normas, reales decretos y actos administrativos en España para que sean obligatorios y entren en vigor, ha entrado a valorar una situación concreta personal que va más allá de lo puramente legislativo.
Se dio este miércoles, en el Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible (Decreto Maricarmen). De entre sus 96 páginas, basta con irse al sexto párrafo de la primera para encontrar una frase que resulta insólita en escritos de este tipo.
«Mari Carmen Abascal no es solo un número. Es una mujer vulnerable de 87 años, víctima de una legislación machista y retrógrada procedente de una dictadura y de la especulación más voraz, que le han impedido seguir viviendo en la misma casa donde residió sus últimos 70 años, a pesar de no tener una alternativa habitacional digna», reza el extracto en cuestión.
Las páginas posteriores se dedican a poner negro sobre blanco una serie de hechos y medidas que pueden aportar contexto (datos del INE, legislación europea, medidas anteriores…). Es al final de la quinta página cuando encontramos una medida nueva: «En primer lugar, se suspenderán los procedimientos de desahucio en los que la persona afectada carezca de alternativa habitacional cuando la vivienda sea titularidad de un fondo buitre. Esta suspensión se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2030».
Sin precedentes
El caso de Maricarmen es bastante excepcional por el nivel de personalización. No resulta habitual que una norma estatal llegue a incluir en su exposición de motivos el nombre completo de una persona, su edad, su historia residencial y una valoración tan explícita de su situación.
Se han podido dar situaciones similares, aunque con el matiz de que se trataba de casos concretos utilizados como referencia o símbolo, no relatos personales tan detallados. Ejemplo de ello son la Ley de Memoria Democrática («La sociedad española tiene un deber de memoria con las personas que fueron perseguidas, encarceladas, torturadas») o Ley de protección de víctimas del terrorismo («La solidaridad, el reconocimiento, respeto, memoria, homenaje y reparación, es una cuestión de derechos humanos hacia todas las víctimas producidas como consecuencia de atentados»).


Síguenos en redes






