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El Supremo rechaza la cautelarísima del PP contra varios ministros por no comparecer en el Senado por Ceuta

El tribunal no ve "la especial urgencia exigible" para penalizar las ausencias e indica que no ve justificado que el control parlamentario requerido deba ser en agosto, mes inhábil

El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, y la fachada del Tribunal Supremo.

E.P.

sábado, 22 agosto 2026, 12:28

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El Tribunal Supremo ha rechazado este sábado la medida cautelarísima solicitada por el Partido Popular contra varios ministros por no comparecer ante el Senado, cuando habían sido citados para ello por esta cámara. El tribunal considera que no acreditada «la especial urgencia exigible» para que sean sancionable dichas ausencias.

En concreto, esta medida se dirigía a los responsables de Interior, Defensa y Exteriores –Fernando Grande-Marlaska, Margarita Robles y José Manuel Albares–, que hicieron caso omiso a la llamada del Senado alegando futuras comparecencias en el Congreso.

«No se justifica» que el control deba ser en agosto

De este modo, el Supremo asegura que «no se justifica suficientemente» que, como indicaba el PP, el control parlamentario al Gobierno –reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución– se deba producir dentro del periodo extraordinario del mes de agosto, «del que resta únicamente una semana», recuerda en el auto, porque «no se demorará excesivamente».

«Sobre todo porque no se advierte que vaya a desaparecer el interés público de la cuestión sustantiva que, según se alega, sustenta las peticiones de comparecencia convocadas, centrada en la grave crisis migratoria que viene padeciendo en estos días la Ciudad Autónoma de Ceuta», añade.

Por todo ello, el Supremo deniega la pretensión cautelarísima y ordena al PP tramitar la solicitud por las vías de la cautelar ordinaria, con audiencia de la parte contraria, para lo que da un plazo de diez días a la Abogacía del Estado para formular alegaciones.

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