La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha acordado el internamiento psiquiátrico durante un máximo de diez años para el hombre de 44 años que, en julio de 2024, apuñaló al entonces jefe de la Policía Local de Cazorla. Además, una vez finalice esa medida, deberá cumplir cinco años de libertad vigilada.
Absuelto por actuar bajo un brote psicótico
El tribunal ha absuelto al acusado del delito de tentativa de homicidio al considerar acreditado que actuó bajo una eximente completa por enajenación mental. La sentencia concluye que, en el momento del ataque, sufría un brote psicótico agudo que anuló por completo su capacidad para comprender sus actos y actuar conforme a esa comprensión.
La Audiencia considera que existe un elevado riesgo de reincidencia, por lo que justifica el internamiento para proteger tanto a la sociedad como al propio acusado
Los hechos ocurrieron la noche del 1 de julio de 2024, cuando el procesado se abalanzó por sorpresa sobre el jefe de la Policía Local en la Plaza de Santa María de Cazorla con un cuchillo de cocina de 12,5 centímetros de hoja. Primero le provocó un profundo corte en el cuello y, a continuación, le asestó una puñalada que alcanzó un pulmón. Cuando el agente trató de escapar, recibió otras dos cuchilladas por la espalda que llegaron a atravesar su chaleco antibalas. El ataque solo terminó cuando el policía consiguió sacar su arma reglamentaria y efectuar dos disparos intimidatorios al aire, lo que provocó la huida del agresor.
Herido de gravedad
La resolución judicial señala que las heridas sufridas por el agente supusieron un grave riesgo para su vida y requirieron una intervención quirúrgica de urgencia. Como secuelas, padece un trastorno de estrés postraumático, daños estéticos permanentes y ha tenido que pasar a segunda actividad dentro del cuerpo policial.
El tribunal ha absuelto al acusado del delito de tentativa de homicidio al considerar acreditado que actuó bajo una eximente completa por enajenación mental
Durante el juicio, el acusado reconoció que escuchaba voces y aseguró que creía que las autoridades locales estaban contaminando el agua y cometiendo un genocidio, motivo por el que pensó que su vida corría peligro. Los informes periciales determinaron que padece un trastorno delirante crónico asociado al consumo de tóxicos y un trastorno psicótico, además de rechazar habitualmente el tratamiento médico.
Elevado riesgo de reincidencia
La Audiencia considera que existe un elevado riesgo de reincidencia, por lo que justifica el internamiento para proteger tanto a la sociedad como al propio acusado. Asimismo, le impone la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros, comunicarse con ella o regresar a Cazorla durante el tiempo que duren las medidas de seguridad.
En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar al exjefe de la Policía Local con 40.000 euros por las lesiones, secuelas y daños morales sufridos, además de abonar 700 euros al Ayuntamiento de Cazorla por el chaleco antibalas que quedó inutilizado tras el ataque. La sentencia aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.



Síguenos en redes






