Un hombre ha sido condenado a dos años de prisión como autor de un delito de agresión sexual cometido contra una mujer a la que había conocido a través de Instagram. Así lo ha resuelto la Audiencia Provincial de Logroño, según ha trasladado el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja.
La sentencia se ha dictado por conformidad, es decir, tras un acuerdo entre la acusación y la defensa que fue posible porque el propio acusado admitió los hechos durante la celebración del juicio oral.
De acuerdo con el relato de hechos probados, la pareja se había citado previamente a través de esa red social. El primer contacto presencial tuvo lugar dos días antes de la agresión y se limitó a un beso entre ambos. La cita decisiva se produjo el 2 de noviembre de 2020, cuando volvieron a verse en el aparcamiento de un municipio de La Rioja Baja.
El encuentro, pactado a través de una red social, derivó en una agresión sexual que la víctima no pudo evitar por miedo
La agresión
Durante ese segundo encuentro, tras conversar y besarse, el hombre intentó ir más allá pese a que la mujer se negó de forma reiterada a mantener relaciones. El acusado la inmovilizó físicamente y se valió del miedo y la intimidación que ella sentía para llevar a cabo la agresión. La víctima, atemorizada, terminó por bloquearse y dejó de oponer resistencia por temor a que la situación se agravara aún más.
Nada más marcharse del lugar, y visiblemente afectada, la joven contó lo ocurrido a distintas personas de su círculo cercano, un relato inmediato que resultó clave en la instrucción del caso.
El acuerdo judicial
La resolución judicial recoge dos circunstancias atenuantes que favorecieron el pacto entre las partes. Por un lado, la reparación parcial del daño, ya que el condenado había depositado antes del juicio una parte del dinero destinado a indemnizar a la víctima. Por otro, las dilaciones indebidas sufridas durante la tramitación del procedimiento.
El importe total fijado en concepto de responsabilidad civil asciende a 9.000 euros. De esa cantidad, el condenado ya había abonado 3.000 euros antes de la vista oral y se ha comprometido a liquidar los 6.000 euros restantes.
El pacto entre defensa y acusación incluye una indemnización de 9.000 euros y el alejamiento del condenado durante diez años
Medidas de protección
Además de la pena de prisión, el fallo impone al condenado la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 200 metros y de establecer cualquier tipo de comunicación con ella, una medida que se prolongará durante diez años. Una vez cumplida la condena privativa de libertad, quedará sujeto a un periodo de libertad vigilada de cinco años.
Por otro lado, la Audiencia ha decidido suspender la ejecución de los dos años de cárcel durante un plazo de cuatro años. Esta suspensión quedará condicionada a que el condenado no cometa nuevos delitos en ese tiempo y a que abone íntegramente la indemnización pendiente con la víctima.



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