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El juez Peinado abre juicio oral a Begoña Gómez, le retira el pasaporte y le prohíbe salir de España

Considera que hay riesgo de fuga y que pudo aprovechar su "posición" como esposa de Sánchez para obtener "decisiones públicas favorables"

Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno de España.

101TV

sábado, 20 junio 2026, 15:16

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El juez Juan Carlos Peinado ha acordado abrir juicio oral con jurado popular a Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así como retirarle el pasaporte, la prohibición de salida de territorio nacional y la obligación de comparecer cada quince días para firmar en sede judicial.

Así consta en un auto de 84 páginas de este sábado, en el que el magistrado acuerda estas medidas también para su asesora, Cristina Álvarez, «durante el tiempo que dure la tramitación de esta causa y hasta que sea dictada una resolución firme».

Toma esta decisión después de la audiencia preliminar celebrada este lunes en los juzgados de Plaza de Castilla, una cita en la que las acusaciones populares lideradas por la organización Hazte Oír mantuvieron sus peticiones sobre las medidas cautelares mencionadas.

El juez instructor atribuye a Gómez y su asesora presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos.

Respecto a las medidas cautelares, decide «la retirada de cuantos pasaportes pudieran disponer, cualquiera de las nacionalidades a las que pertenezcan, tanto de carácter ordinario como de carácter diplomático, con prohibición expresa de expedir uno nuevo».

También impone «la prohibición de salida del territorio nacional, debiendo oficiarse a todos los puestos fronterizos y aeropuertos civiles y militares, para que se evite incumplir con esta obligación».

Y determina «la presentación ‘apud acta’, en la sede de este órgano judicial, dos días al mes, pudiendo cumplir con dicha obligación, un día de las dos primeras semanas de cada mes, y el otro día, de las dos últimas semanas de cada mes».

El juez envía a juicio igualmente al tercer investigado, el empresario Juan Carlos Barrabés, por supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, si bien no acuerda medidas cautelares sobre él.

Cree que las fuerzas de seguridad podrían colaborar en una fuga

«Los hechos indiciariamente atribuidos a Begoña Gómez pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la secretaría general del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional», argumenta el instructor, como en anteriores resoluciones del caso.

En esta causa ha investigado un presunto tráfico de influencias de Gómez a favor de Barrabés; la gestión de Gómez en la cátedra y los dos másteres que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid; la presunta apropiación indebida por parte de la esposa de Sánchez del ‘software’ de dicha cátedra, y el nombramiento de Cristina Álvarez como su asesora en el Palacio de la Moncloa.

Peinado sostiene que, aunque Gómez se encuentre acompañada o custodiada por las fuerzas de seguridad dada su condición de esposa de Sánchez, «no cabe duda» de que «esos agentes en un momento determinado pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, sean precisamente quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga, que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia».

«Especialmente trascendente es que la condición de actual presidente del Gobierno, de su esposo, es algo efímero, y por tanto transitorio, y esa protección o acompañamiento de los agentes de los Cuerpos de Seguridad del Estado desaparecería, lo que facilitaría, aún más, esa hipotética fuga», apostilla.

En la misma línea apunta a su asesora, señalando que «ha venido actuando en calidad de asistente» y «con estrecha vinculación personal y acompañando a la misma, así como coordinando todas sus actividades», por lo que entiende que «debe colegirse que dispone de una situación similar a ella, a los efectos de disponer igualmente de los mismos medios para fugarse y eludir la acción de la justicia».

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