La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Málaga ha generado dudas entre muchos conductores en sus primeros meses de funcionamiento, especialmente en lo relativo a los requisitos administrativos para evitar sanciones. Uno de los errores más extendidos tiene que ver con la idea de que es necesario estar empadronado en la ciudad para no ser multado. Sin embargo, la clave no está en el padrón del titular, sino en la domiciliación del vehículo.
Cómo evitar las multas de la ZBE de Málaga: todas las dudas resueltas
Para la ZBE de Málaga, lo relevante es que el vehículo esté domiciliado fiscalmente en el municipio, es decir, que pague el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en Málaga capital. Este punto es fundamental, ya que determina las condiciones de acceso, independientemente de dónde esté empadronado el propietario del coche.
Qué ocurre durante el primer año con multas
Durante este primer periodo de aplicación, los vehículos domiciliados en Málaga pueden acceder a la ZBE con independencia de su etiqueta ambiental. En cambio, los vehículos no domiciliados en la ciudad pueden verse afectados por las condiciones del sistema, lo que ha generado confusión entre conductores que pensaban que bastaba con estar empadronados.
Cambios de domiciliación: quién puede beneficiarse
Hasta el 29 de noviembre de 2026, los vehículos con etiqueta B que no estén domiciliados en Málaga aún pueden cambiar su domiciliación fiscal (IVTM) para adaptarse a la normativa. Sin embargo, en el caso de los vehículos con otra etiqueta, realizar este cambio ya no supone una ventaja en relación con la ZBE.
¿Hay que llevar etiqueta ambiental para entrar en la Zona de Bajas Emisiones de Málaga?
Cómo cambiar el domicilio del vehículo
Según establece el Ayuntamiento, para realizar este trámite es imprescindible que las personas solicitantes figuren empadronadas en el domicilio que desean comunicar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Málaga, sea o no en la capital. El cambio debe comunicarse a la Dirección General de Tráfico (DGT) mediante la solicitud correspondiente, disponible en su página web.
Además, será necesario aportar un documento de identificación en vigor (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o permiso de conducción). En caso de realizar el trámite a través de un representante, este deberá acreditar dicha condición por cualquier medio válido en derecho. No se admitirán solicitudes de personas no empadronadas en el municipio ni de personas jurídicas.

Síguenos en redes


