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Absuelto el exfutbolista ‘Pizo’ Gómez en una pieza separada del caso ERE por ayudas a la empresa Cenforpe

jueves, 2 octubre 2025, 17:36

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto al exfutbolista José Antonio ‘Pizo’ Gómez, y a un exdirectivo de la consultora Vitalia Vida quienes habían sido juzgados por presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos en una pieza separada del caso de los ERE por una ayuda de 491.424,43 euros concedida a la empresa Centros para la Formación y Prevención Laboral (Cenforpre).

Un tercer investigado, administrador de la empresa, falleció antes de la resolución, extinguiéndose su responsabilidad penal. La Fiscalía Anticorrupción solicitó penas de dos años y un mes de prisión e inhabilitación absoluta de cinco años y un mes para los acusados, además de que indemnizaran a la Junta de Andalucía con la cantidad de la ayuda. ‘Pizo’ Gómez fue trabajador de Cenforpre y futbolista de Osasuna y Atlético de Madrid, y la Audiencia le señala como «testaferro» para el cobro de la ayuda.

En una sentencia fechada el 30 de septiembre y notificada este jueves a las partes, el tribunal considera probado que el entonces director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta, Francisco Javier Guerrero, ya fallecido, tenía a su disposición fondos públicos y, careciendo de competencia para ello, encomendó verbalmente a Cenforpre la realización de cursos de prevención de riesgos laborales para graduados sociales de distintos colegios oficiales de Andalucía.

Por orden del representante de Cenforpre y en cumplimiento de lo acordado con Guerrero, los cursos se comenzaron a impartir, tras lo que el representante exigió en repetidas ocasiones a Guerrero el pago de los mismos, recibiendo la respuesta de que no había provisión de fondos públicos para ello.

Ante la insistencia, Guerrero propuso pagar el importe de los cursos mediante una póliza de rentas de supervivencia y capital diferido concertada con una compañía de seguros, para lo cual se necesitaban los datos de una persona física como beneficiaria y su número de cuenta, dado que no podía hacerse el pago directamente a la empresa.

el tribunal considera que el representante de Cenforpre era consciente de la irregularidad de este ofrecimiento

En la sentencia, difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el tribunal considera que el representante de Cenforpre era consciente de la irregularidad de este ofrecimiento, tanto por la forma en que se le designó la empresa como por la manera de pago, y facilitó los datos personales de un antiguo trabajador de la empresa, ‘Pizo’ Gómez, con su consentimiento, para que se abonara en su cuenta.

Los magistrados han destacado que, «por razones de amistad» con el representante de la empresa, autorizó el ingreso en su cuenta sin conocer la irregularidad del encargo, el origen indebido de los fondos ni la falta de procedimiento legal. La Audiencia ha calificado a este trabajador como un «testaferro» sin enriquecerse con el dinero, y ha subrayado que Cenforpre no estaba en crisis ni esperaba obtener ingresos de forma ilícita.

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