Carles Puigdemont está hoy un paso más cerca de regresar a España sin problema legal alguno. El Tribunal Supremo ha señalado que considera aplicable la ley de amnistía al expresidente catalán, a la vez que ha confirmado su decisión de levantar la orden de detención contra él.
Así lo ha ratificado el juez Pablo Llarena en su auto, al entender extensible a su caso la doctrina sobre la concesión de la amnistía al delito de malversación fijada en la sentencia del Tribunal Constitucional que concedió el amparo a la exconsejera Dolors Bassa.
Desestimado el recurso de Vox
Llarena, de esta forma, no da continuidad al recurso de presentado por la acusación popular de Vox contra su decisión del pasado 6 de octubre, que dejó sin efecto provisionalmente dichas órdenes de detención contra Puigdemont y el exconsejero Toni Comín.
El instructor carga también, en su escrito, contra el Constitucional y defiende la postura del Tribunal Supremo. Señala que la doctrina «debe aplicarse, aunque no se compartan las razones en las que se apoya, sin que la discrepancia condicione o retrase el cumplimiento de lo resuelto por la corte de garantías».
Además, indica que este pronunciamiento se limita al alzamiento de las órdenes y no constituye «la conclusión de un sumario pendiente de determinados recursos, ni sustituye a la resolución definitiva sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento que corresponda adoptar por el órgano competente».
En este sentido, Llarena recuerda que en el procedimiento ordinario ese pronunciamiento corresponde a la Sala de lo Penal del alto tribunal.
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