La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a dos años de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual a una menor de 16 años, después de que la abordara en plena calle, la sujetara y le diera un beso en la mejilla. La condena ha sido dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial tras el acuerdo alcanzado entre la defensa del acusado y el Ministerio Fiscal. Los hechos tuvieron lugar el 19 de enero de 2025, alrededor de las 17.00 horas.
La sigue y pregunta si quiere casarse con él
Según recoge la sentencia, el hombre se aproximó a la menor cuando se encontraba en la vía pública y la sujetó a la altura del pecho con «ánimo libidinoso». A continuación, le dio un beso en la mejilla. La menor consiguió zafarse del acusado. Sin embargo, según los hechos considerados probados por el tribunal, el hombre continuó siguiéndola durante unos instantes y le preguntó qué edad tenía y si quería casarse con él.
Orden de alejamiento de 500 metros
Además de los dos años de prisión, la resolución judicial establece distintas medidas destinadas a proteger a la víctima. El condenado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la menor durante un periodo de seis años. Esta prohibición se extiende también al domicilio de la víctima, su centro de trabajo y cualquier otro lugar en el que pueda encontrarse.
La sentencia contempla además cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de prisión y otros cinco años de inhabilitación especial para desarrollar cualquier profesión, oficio o actividad, remunerada o no, que implique un contacto habitual y directo con menores. El tribunal también ha acordado su inhabilitación durante seis meses para ejercer derechos relacionados con la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento.
3.000 euros de indemnización
En el ámbito de la responsabilidad civil, el condenado deberá abonar una indemnización de 3.000 euros al representante legal de la menor. No obstante, la Audiencia Provincial ha acordado suspender durante tres años la ejecución de la pena de prisión. Esta suspensión queda condicionada a que el condenado no vuelva a cometer ningún delito durante ese periodo.



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