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Absuelto un varón acusado por un presunto abuso a la hija de una vecina en Málaga

Absuelto un varón acusado por un presunto abuso a la hija de una vecina en Málaga

jueves, 18 diciembre 2025, 19:22

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a cuatro años de prisión a un hombre acusado del presunto abuso sexualmente de la hija de una vecina, con cinco años en ese momento, al que absuelve al estimar el recurso de la defensa y considerar que no han quedado probado los hechos.

Así, el TSJA mantiene como la Audiencia que había desde hacía tiempo una relación «amistosa y de estrecha vecindad» entre el hombre y la familia de la niña, a la que recogía del colegio en ocasiones, y señala que el día de los hechos denunciados, la pequeña fue al piso de este, como solía hacer, para ver dibujos animados en su ordenador, tras lo que regresó a casa.

Poco después, la madre denunció por teléfono dichos abusos, que el acusado siempre ha negado y que ahora para el alto Tribunal andaluz «no han quedado acreditados», tras estimar algunos argumentos planteados por la defensa del hombre, que discrepa de la valoración probatoria, en concreto de la declaración de la menor, con un discurso «absolutamente guionizado» e «inducida por su madre».

Así, el alto Tribunal andaluz se fija especialmente en una grabación obtenida por una agente de la Policía Local en la que cuenta los hechos, con ayuda de la progenitora, en la que «al final de las frases iniciales que la madre iba pronunciando, la niña repetía, al mismo tiempo en que la madre acababa, la palabra final pronunciada por está».

Tres profesionales de un centro de salud de Málaga denuncian amenazas y agresiones en este mes de octubre

Y al respecto concluye el TSJA que «da la impresión de que la niña relata de carrerilla una historia previamente aprendida, careciendo, según la percepción de los integrantes de esta Sala de Apelación, de la espontaneidad y frescura que apreciaron los magistrados de instancia». «Hemos observado indicios sugerentes de obedecer a un relato inducido», señalan.

Otras pruebas

Además, han analizado otras pruebas practicadas en el juicio y concluyen «la posible concurrencia de motivaciones secundarias en base a la información aportada de manera espontánea por la propia menor», por lo que consideran «puede extraer como hipótesis alternativa a la aceptada por la Audiencia la defendida por el acusado, lo cual impide configurar el tipo objeto de acusación, procediendo en suma la estimación del recurso y, en consecuencia, el dictado de una sentencia absolutoria».

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a cuatro años de prisión a un hombre acusado del presunto abuso sexualmente de la hija de una vecina, con cinco años en ese momento, al que absuelve al estimar el recurso de la defensa y considerar que no han quedado probado los hechos.

Así, el TSJA mantiene como la Audiencia que había desde hacía tiempo una relación «amistosa y de estrecha vecindad» entre el hombre y la familia de la niña, a la que recogía del colegio en ocasiones, y señala que el día de los hechos denunciados, la pequeña fue al piso de este, como solía hacer, para ver dibujos animados en su ordenador, tras lo que regresó a casa.

Poco después, la madre denunció por teléfono dichos abusos, que el acusado siempre ha negado y que ahora para el alto Tribunal andaluz «no han quedado acreditados», tras estimar algunos argumentos planteados por la defensa del hombre, que discrepa de la valoración probatoria, en concreto de la declaración de la menor, con un discurso «absolutamente guionizado» e «inducida por su madre».

Una grabación, elemento clave

Así, el alto Tribunal andaluz se fija especialmente en una grabación obtenida por una agente de la Policía Local en la que cuenta los hechos, con ayuda de la progenitora, en la que «al final de las frases iniciales que la madre iba pronunciando, la niña repetía, al mismo tiempo en que la madre acababa, la palabra final pronunciada por está».

Y al respecto concluye el TSJA que «da la impresión de que la niña relata de carrerilla una historia previamente aprendida, careciendo, según la percepción de los integrantes de esta Sala de Apelación, de la espontaneidad y frescura que apreciaron los magistrados de instancia». «Hemos observado indicios sugerentes de obedecer a un relato inducido», señalan.

Además, han analizado otras pruebas practicadas en el juicio y concluyen «la posible concurrencia de motivaciones secundarias en base a la información aportada de manera espontánea por la propia menor», por lo que consideran «puede extraer como hipótesis alternativa a la aceptada por la Audiencia la defendida por el acusado, lo cual impide configurar el tipo objeto de acusación, procediendo en suma la estimación del recurso y, en consecuencia, el dictado de una sentencia absolutoria».

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