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Desestimada la demanda al Málaga por parte de un aficionado por las acciones de 2010

miércoles, 23 octubre 2024, 17:15

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Una vez más, el tema extradeportivo vuelve a ser noticia en el seno del Málaga CF. Tras el ‘caso Horta’, donde las negociaciones se encuentran paralizadas después de la última contraoferta del Braga, llega la Sentencia por el asunto de las acciones del Málaga en 2010, donde algunos aficionados pedían el reconocimiento de las mismas tras una ampliación de capital realizada por Fernando Sanz justo antes de abandonar el cargo. En el día de hoy, el Juzgado de lo Mercantil número 2 ha desestimado la demanda interpuesta por Francisco Verdún.

El abogado, así como otros afectados, adquirieron un paquete accionarial en el verano de 2010, pocos meses antes de la llegada de Al-Thani. Por entonces, el club tenía graves problemas económicos y su viabilidad era compleja. Fernando Sanz, que por entonces actuaba como presidente del Málaga, decidió realizar una ampliación de capital para engordar así el presupuesto, pero el cierre de la venta con el catarí frenó dicha operación que se había puesto en marcha pocos días antes.

La sentencia de la magistrada, además, exculpa a José María Muñoz tras las acusaciones de la parte demandante, asegurando su buena labor en el procedimiento: «En ningún momento puede hablarse de mala fe. El comportamiento de la administración judicial ha sido respetuoso con la norma y de lo más razonable  y prudente. Lo que no hubiera tenido fundamento alguno sería lo contrario, haber reconocido a favor de los adquirentes la titularidad de acciones sobre la base de una ampliación de capital inexistente. Eso sí habría sido un comportamiento contrario a derecho y carente de todo amparo legal. Por tanto, no existe mala fe alguna por parte de la administración judicial nombrada».

De esta forma, se da por cerrada una de las vías judiciales del Málaga. Esta fórmula podría haber cambiado el paquete accionarial del club y Al-Thani, en un caso remoto, podría perder la mayoría del club costasoleño, pero  no ha sido así. Los demandantes, además de sufrir el varapalo jurídico, deberán asumir las costas de la parte demandada

 

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