La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado en su totalidad la pena de nueve años de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla contra un hombre por un delito continuado de abuso sexual hacia la hija menor de edad de su pareja sentimental. El tribunal ratifica también la indemnización de 30.000 euros para la víctima por los daños morales causados.
Los magistrados del alto tribunal autonómico han desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa del procesado. De este modo, la justicia respalda la validez de las pruebas y el relato de los hechos, que se produjeron de manera continuada en el ámbito familiar aprovechando los periodos en los que la menor visitaba el domicilio materno.
La resolución judicial descarte los argumentos de la defensa, que intentaban restar credibilidad al testimonio de la joven alegando supuestas contradicciones. El TSJA, alineándose con la doctrina del Tribunal Supremo, determina que la declaración de la víctima ha sido «estable y coherente», recordando que solo las contradicciones esenciales y nucleares pueden debilitar un testimonio, algo que no ocurre en este caso.
Asimismo, el tribunal andaluz subraya la dificultad probatoria en este tipo de delitos, argumentando que los agresores suelen escoger de forma deliberada escenarios íntimos y momentos específicos en los que se aseguran la total ausencia de testigos presenciales para perpetrar los abusos.
Relato de los hechos
El origen del caso se remonta a los años 2011 y 2012, cuando el condenado mantenía una relación con la madre de la menor, con quien compartía dos hijas en común. A pesar de que la víctima residía habitualmente con su abuela paterna tras la separación de sus progenitores, pernoctaba en la vivienda familiar durante las visitas a su madre. Debido a su miedo a la oscuridad, la niña dormía en una cama auxiliar al lado del matrimonio.
Aprovechando esta situación de cercanía y mientras la madre dormía, el acusado comenzó a realizar tocamientos de índole sexual a la menor por encima de la ropa, una conducta que se transformó en una pauta frecuente de abusos nocturnos en el domicilio.
Agravamiento de los abusos
La situación delictiva sumó un episodio de mayor gravedad durante las vacaciones de la Semana Santa de 2013. El encausado se encontraba a solas con la menor en la vivienda, debido a que la madre estaba trabajando en los dispositivos de sillas de la Madrugada sevillana, momento que aprovechó para consumar nuevas conductas de carácter sexual. Al día siguiente, el hombre llegó a suministrarle la píldora del día después.
Este patrón de agresiones se repitió de manera posterior hasta en dos ocasiones más antes de que la víctima alcanzara la edad de 15 años, según detalla la resolución que da por probados los hechos.
Como consecuencia de los prolongados abusos sufridos en el entorno familiar, la joven padece actualmente un cuadro severo de ansiedad y un trastorno de estrés postraumático que requiere de un seguimiento y tratamiento psicológico continuado.
Además de la pena privativa de libertad de nueve años y de la responsabilidad civil económica, sobre el procesado pesa una medida cautelar que le prohíbe aproximarse a una distancia inferior a los 200 metros de la víctima de forma estricta.



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